Pena de muerte para violadores: Fuerza Popular presentó nuevo proyecto
La congresista de Fuerza Popular, Úrsula Letona, presentó un proyecto de ley de reforma constitucional que plantea pena de muerte para los violadores de menores de siete años.
Dicha iniciativa tiene por objetivo incorporar el delito de violación sexual de menores de siete años a los delitos pasibles de ser sancionados con pena de muerte, que está prevista en el artículo 140 de la Constitución y considerada solo para casos de traición a la patria en caso de guerra y de terrorismo.
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Con ello, de acuerdo con la propuesta, se busca reducir la tasa de criminalidad en este tipo de delitos además de "contar con una sanción adecuada considerando su real dimensión y procurando el bienestar de la población infantil".
El proyecto modifica también diversos artículos del Código Penal, entre ellos el 173, referido a la violación sexual de menores de edad y plantea pena de muerte si la víctima tiene menos de siete años y cadena perpetua si la o el menor tiene entre siete y menos de 14 años.
En los fundamentos de la iniciativa se refiere que "la violación sexual de un menor no es un problema reciente y mucho menos un problema de un estrato social determinado, es un problema que aqueja a toda la población en general, desde el estrato socioeconómico más bajo hasta el más elevado, no es ajeno a culturas o clases sociales o religiones".
Cita, asimismo, un estudio realizado por el Programa de Investigaciones Criminológicas y Análisis Prospectivo del Ministerio Público, que abarca el periodo 2013 – 2017, y según el cual el 76% de víctimas de violación sexual está formado por menores de edad.
Estima que la pena de muerte resulta una medida de enorme utilidad práctica, por el impacto disuasivo que se espera.
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En noviembre pasado, la congresista Karla Schaefer, de Fuerza Popular, también presentó un proyecto de ley para condenar a pena de muerte a los que cometan el delito de “violación contra menores de edad de siete años seguido de muerte”, a través de una modificación al artículo 140 de la Constitución del Perú.
Andina
Foto: Andina / Congreso