Presidente de Cortes Superiores rechazan denuncias de congresistas ante la JNJ
Los presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del Perú exigen respetar el criterio jurisdiccional y la Constitución
Los presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del Perú emitieron un pronunciamiento oficial para rechazar las recientes expresiones públicas y la presentación de denuncias ante la Junta Nacional de Justicia (JNJ) por parte de actores políticos con representación parlamentaria contra magistrados del Poder Judicial.
En el documento, los titulares de las cortes superiores expresaron que la medida busca la salvaguarda irrestricta de la independencia judicial y el criterio jurisdiccional de los jueces del país frente a intentos de amedrentamiento, injerencia o condicionamiento externo.
El pronunciamiento sostiene que la independencia judicial es un pilar fundamental del Estado Constitucional de Derecho. Según lo expresado por los magistrados, esta garantía está reconocida en el artículo 139°, inciso 2, de la Constitución Política del Perú, disposición que prohíbe de manera categórica que cualquier autoridad, poder del Estado o actor social o político interfiera directa o indirectamente en el ejercicio autónomo de la función de juzgar.
Asimismo, los magistrados recordaron que la independencia no constituye un privilegio personal del juzgador, sino un derecho esencial de la ciudadanía orientado a garantizar una administración de justicia imparcial, idónea, transparente y sujeta a la Constitución y a las leyes.
Marco legal sobre la prohibición de sancionar el criterio jurisdiccional
En relación con el ejercicio de la labor judicial, el pronunciamiento cita el artículo 18° de la Ley de la Carrera Judicial y el artículo 5° del Código de Ética del Poder Judicial. Estas normas determinan que ningún magistrado puede ser objeto de sanción, persecución ni amedrentamiento disciplinario o penal debido al sentido de sus resoluciones o a sus interpretaciones del ordenamiento legal.
Los presidentes de las cortes señalaron que prejuzgar, cuestionar o atribuir responsabilidad por la aplicación fundada del derecho vulnera la función jurisdiccional. El documento precisa que cualquier discrepancia con una decisión judicial debe encauzarse a través del sistema de recursos procesales e impugnaciones que prevé la ley.
En ese sentido, se ratificó la subordinación exclusiva a la Constitución, la ley y la verdad procesal, asegurando que la administración de justicia no se somete, subordina ni responde a intereses de índole política, partidaria, económica o mediática. Se remarcó que la función de juzgar debe ejercerse con absoluta neutralidad, objetividad y apego irrestricto a los autos del proceso.
Exigencias formuladas a los actores políticos y autoridades
Al cierre del comunicado emitido desde Lima el 11 de agosto de 2026, los titulares de las cortes superiores de justicia del país reafirmaron su compromiso irrestricto con la defensa de la independencia judicial como salvaguarda de los derechos ciudadanos y premisa básica del Estado Constitucional de Derecho.
Además, exigieron el respeto absoluto al criterio e independencia en la función jurisdiccional, recordando que todo cuestionamiento a decisiones judiciales debe canalizarse a través de los mecanismos procesales e instancias de apelación contempladas en el ordenamiento jurídico.
Finalmente, los magistrados exhortaron a los actores políticos y autoridades en general a abstenerse de cualquier acto de amedrentamiento, injerencia o instrumentalización de las instituciones públicas en contra de los jueces que cumplen la función de juzgar con apego a la Constitución, las leyes y los tratados internacionales.