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Proceso de extinción de dominio en caso Toledo podría archivarse

El proceso del caso Toledo podría verse afectado con la modificatoria en la Ley 1373 

Extinción de dominio sobre bienes de Toledo peligraría. Foto: Andina / Video: Canal N

El proceso de extinción de dominio que sigue la Fiscalía contra bienes patrimoniales del expresidente Alejandro Toledo Manrique y su entorno familiar correría peligro de ser archivado, si se aprueba, en segunda votación, en el Congreso de la República, el texto sustitutorio del Proyecto de Ley 3577/2022-CR, que propone modificar la Ley de Extinción de Dominio (Decreto Legislativo 1373).

Así lo señaló el Ministerio Público al comentar el proceso de extinción de dominio que sigue la Sexta Fiscalía Provincial Transitoria de Extinción de Dominio de Lima contra bienes patrimoniales del exmandatario. 

Se trata de los inmuebles ubicados en Las Casuarinas, Punta Sal, Camacho y las unidades inmobiliarias de la Torre Omega, que fueron adquiridos por la suma de USD 5’126,716.14, así como la suma dineraria de USD 42,237.70 de la cuenta de Eva Rose Fernenbug, suegra de Toledo Manrique.

Extinción de dominio sobre bienes de Toledo peligraría. Foto: Canal N

Estos bienes estarían vinculados a las actividades ilícitas contra la administración pública y lavado de activos, al presuntamente haber sido adquiridos con dinero maculado producto de los pagos ilícitos de la empresa Odebrecht a favor de Toledo Manrique, como parte del Proyecto Corredor Vial Interoceánico Perú–Brasil, Integración de la Infraestructura Regional Suramericana (IIRSA Sur).

El proceso podría verse afectado con la modificatoria en la Ley 1373 pues esta exige que para la continuación del trámite de extinción de dominio se debe contar —previamente— con una sentencia condenatoria penal firme y consentida.

El Ministerio Público refirió que, el 19 de noviembre de 2024, Eliane Chantal Karp Fernenbug de Toledo se apersonó al proceso de extinción de dominio ante el Juzgado Transitorio de Extinción de Dominio de Lima, quien le otorgó el plazo legal de 30 días hábiles a fin que conteste la demanda.

El pasado 13 de diciembre, el pleno del Congreso aprobó el dictamen del proyecto de ley que modifica el Decreto Legislativo 1373, sobre extinción de dominio, a fin de precisar la definición de actividad ilícita e incorporar facultades al Programa Nacional de Bienes Incautados (Pronabi). La propuesta legislativa fue apoyada con 53 votos a favor, 44 en contra y ocho abstenciones.

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