Tarjetas de crédito: cambian reglamento para optimizar excedentes al pago mínimo
Muchas veces hemos sido advertidos de lo perjudicial que puede resultar para nuestras finanzas personales hacer solo el pago mínimo de la tarjeta de crédito, ya que esto no representa una disminución real de nuestra deuda, sino solo un aporte de los intereses que pueden seguir en aumento a lo largo del tiempo.
A propósito de esto, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) ha modificado el Reglamento de Tarjetas de Crédito y Débito para que las amortiguaciones excedentes al pago mínimo puedan optimizarse.
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Desde el 27 de noviembre, todo el excedente al pago mínimo que cancele el usuario se distribuirá así: primero, cubrirá la deuda revolvente (compras sin cuotas), empezando por la que tenga mayor tasa de interés.
En caso que, luego de esto, todavía quede un saldo por aplicar, puede ser considerado como un pago anticipado, siempre y cuando el saldo sea mayor a dos futuras cuotas.
Y, si no existe deuda revolvente o haya un saldo a aplicar tras el pago de esta, el monto excedente se aplica a las cuotas del nuevo pago mínimo, siempre empezando por las deudas con mayor tasa de interés.
El nuevo orden dispuesto por la norma no será aplicable cuando el cliente haya expresado su deseo de que el pago se realice en un orden distinto.
Con esta norma, la SBS busca reducir la proporción de deudas de tipo revolvente que acumulan mediante los pagos mínimos. Las entidades financieras están obligadas a implementar los cambios en seis meses, hasta junio de 2017.