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TC anula investigación a Mateo Castañeda por caso Los Waykis

El organismo resolvió excluir al fiscal Carlos Ordaya del caso y anuló varias disposiciones fiscales por vulnerar derechos fundamentales.
Foto: Andina -Video: Canal N

El Tribunal Constitucional (TC) resolvió declarar fundada la demanda de amparo interpuesta por la defensa de Mateo Castañeda Segovia, anulando así la investigación iniciada en su contra por el caso conocido como "Los Waykis en la sombra". Esta decisión dejó sin efecto actos fiscales clave en el proceso y ordenó la exclusión del fiscal Carlos Ordaya López.

La sentencia indica que la demanda presentada inicialmente como hábeas corpus fue reconvertida en un proceso de amparo al considerar que los derechos vulnerados no se limitaban a la libertad personal, sino al ejercicio de la defensa legal y al secreto profesional. El fallo analizó si las intervenciones fiscales respetaron los principios de legalidad y proporcionalidad.

Captura: Canal N

Análisis del derecho al secreto profesional

El Tribunal Constitucional examinó la legalidad del allanamiento al estudio jurídico de Castañeda, señalando que se ejecutó sin la debida precisión en el requerimiento judicial. El fiscal solicitante contaba con documentos que identificaban el inmueble como despacho de abogados, pero no especificó esta condición en la orden.

El fallo establece que esta omisión generó un riesgo inconstitucional al comprometer la confidencialidad de documentos vinculados a otros clientes no implicados en el caso. Según el TC, esta actuación vulneró el derecho fundamental al secreto profesional, protegido constitucionalmente para garantizar una defensa adecuada.

Cuestionamiento al principio de objetividad fiscal

El segundo eje central de la sentencia gira en torno al principio de objetividad en la función fiscal. El Tribunal Constitucional determinó que Carlos Ordaya no podía ejercer con neutralidad la investigación, debido a que los actos imputados a Castañeda habrían afectado directamente su labor previa en otra carpeta fiscal.

Fuente: TC

La resolución argumenta que un fiscal no puede conducir diligencias cuando tiene un interés directo en los hechos investigados. Esta situación, según el TC, desnaturaliza la imparcialidad exigida en un proceso penal, al no haber una separación clara entre el denunciante y el investigador.

Decisión del TC sobre disposiciones fiscales

El Tribunal Constitucional anuló la Disposición Fiscal 4-2024 y todos los actos posteriores derivados de esta en la Carpeta Fiscal 7-2024. También ordenó que el Ministerio Público designe un nuevo fiscal a cargo, excluyendo de forma definitiva a Carlos Ordaya de la investigación contra Mateo Castañeda.

La sentencia fue aprobada por mayoría del Pleno, con votos singulares de los magistrados Gutiérrez Ticse y Monteagudo Valdez. Ambos consideraron improcedente la demanda por razones de forma, entre ellas, el incumplimiento del requisito de agotar la vía administrativa previa.

Antecedentes del proceso judicial

El caso se remonta a la investigación fiscal iniciada contra Castañeda por presunta participación en una organización criminal. La acusación lo señalaba como operador legal del entorno presidencial, con cargos de tráfico de influencias y falsedad genérica relacionados con acciones para archivar investigaciones a Nicanor Boluarte y Dina Boluarte.

Captura: Canal N

El Poder Judicial había dictado 24 meses de prisión preventiva contra Castañeda el 23 de noviembre de 2024, a pedido del fiscal Ordaya. En esa resolución, se alegaba riesgo de fuga y posibilidad de obstrucción a la justicia por parte del imputado.

Revocatoria de prisión preventiva y excarcelación

Posteriormente, la Quinta Sala Penal de Apelaciones revocó esa medida. El 26 de diciembre de 2024, el tribunal ordenó su excarcelación y le impuso comparecencia con restricciones, como impedimento de salida del país por 24 meses y el pago de una caución económica.

Castañeda salió del penal Ancón I el 27 de diciembre, tras más de un mes de detención. El tribunal consideró que la prisión preventiva no era proporcional frente a las pruebas presentadas y modificó la medida por una menos gravosa.

Implicaciones procesales para otras investigaciones

La decisión del Tribunal Constitucional podría tener efectos sobre otras actuaciones fiscales derivadas de la misma investigación. Aunque el fallo se refiere específicamente a las acciones contra Castañeda, cuestiona los fundamentos de legalidad utilizados en la Carpeta Fiscal 7-2024.

El caso también involucra a Nicanor Boluarte, hermano de la expresidenta Dina Boluarte.

Fuente: TC

Discrepancias internas en el Tribunal

Los votos singulares de dos magistrados del Tribunal Constitucional reflejan posturas distintas respecto a la procedencia del amparo. Gutiérrez Ticse indicó que debió agotarse la vía administrativa mediante una solicitud de exclusión fiscal. Monteagudo Valdez señaló que la reconversión del proceso no cumplía todos los requisitos legales.

Pese a estas opiniones divergentes, la mayoría del Pleno validó el recurso presentado por la defensa de Castañeda y declaró fundadas sus pretensiones constitucionales.

El Tribunal Constitucional anuló la investigación fiscal contra Mateo Castañeda en el caso Los Waykis en la sombra. La sentencia declaró fundada su demanda de amparo y ordenó la exclusión del fiscal Carlos Ordaya, alegando falta de objetividad e inobservancia del secreto profesional en el allanamiento a su estudio jurídico. La decisión también invalida varias disposiciones fiscales y podría influir en otros procesos relacionados. Castañeda fue excarcelado en diciembre de 2024 tras la revocatoria de su prisión preventiva. La resolución del TC no fue unánime y contó con votos singulares que señalaron deficiencias en el procedimiento.

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