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TC declaró inconstitucional pago de multa por no realizar el servicio militar

Decisión del ente constitucional dejó también sin efecto la suspensión del documento de identidad que deriva en la denominada 'muerte civil'.  

El Tribunal Constitucional (TC) declaró inconstitucional el artículo 78.9 de la Ley Del Servicio Militar, modificado por el Decreto Legislativo 1146 en el cual se establece el pago del 50% de la Unidad Impositiva Tributaria, para el caso de aquellos jóvenes seleccionados que no deseen ser parte del reclutamiento.

El parte publicado por el TC remarca que se ha expulsado del ordenamiento jurídico la frase: "multa del cincuenta porciento (50%) de la Unidad Positiva Tributaria, vigente a la fecha en que se hace efectivo el pago. Asimismo, y en tanto no se cancele la multa correspondiente, se aplicará".

Con lo cual el servicio militar continuará siendo voluntario y no obligatorio. 

Por otro lado, el congresista de Fuerza Popular, Carlos Tubino, saludó la desición del TC al considerar que la demanda por la Ley Militar era "elitista", ya que permite la exclusión del servicio a través de un pago.

Con respecto a la parte que señala la suspensión del documento de identidad y que deriva en la llamada 'muerte civil', Tubino aclaró que le corresponde al Congreso trabajar en un mecanismo alternativo para evitar dicha medida.

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Tribunal Constitucional