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TC declara infundada demanda de Vizcarra por inhabilitación

El Tribunal Constitucional concluyó que el Congreso actuó conforme a la Constitución al sancionar con inhabilitación por cinco años a Martín Vizcarra

El TC declaró infundada la demanda del expresidente, quien buscaba anular la sanción de cinco años de inhabilitación impuesta por el Congreso. Foto: Andina. Video: Canal N

El Tribunal Constitucional (TC) declaró infundada la demanda de amparo presentada por el expresidente Martín Vizcarra. El recurso buscaba anular el procedimiento parlamentario que culminó con su inhabilitación por cinco años para ejercer cargos públicos. La sentencia corresponde al Expediente N.º 01716-2024-PA/TC y fue publicada bajo el número 117/2025.

Según el TC, el Congreso respetó el debido proceso y los derechos fundamentales del exmandatario durante el desarrollo del procedimiento político. El expresidente alegaba que se le impidió ejercer su derecho de defensa en relación con los informes que sustentaron su acusación por infracción al artículo 126 de la Constitución.

Vizcarra fue notificado y ejerció su defensa, según la sentencia

El artículo 126 de la Constitución prohíbe a los ministros ejercer cargos directivos en empresas privadas. Vizcarra fue acusado de incumplir esa disposición. La sentencia del TC indica que el exmandatario fue debidamente notificado y que tuvo la oportunidad de ejercer su defensa tanto por escrito como oralmente ante el Pleno del Congreso.

El Tribunal precisó que el procedimiento seguido en el Congreso respetó las normas del reglamento parlamentario y que la sanción de inhabilitación fue emitida dentro de sus competencias constitucionales, específicamente en el marco de los artículos 99 y 100 de la Carta Magna.

Fallos internacionales no aplican al caso Vizcarra, afirma el TC

En la demanda, se alegó que la inhabilitación vulneraba estándares establecidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Al respecto, el Tribunal Constitucional señaló que las sentencias en los casos López Mendoza vs. Venezuela y Petro Urrego vs. Colombia no son vinculantes para el Perú, ya que no fue parte en dichos procesos.

Además, el TC indicó que la inhabilitación impuesta a Vizcarra derivó de un juicio político previsto en la Constitución, a diferencia de las sanciones administrativas cuestionadas en los fallos mencionados.

El control político del Congreso está dentro del marco constitucional

El Tribunal Constitucional sostuvo que la sanción de inhabilitación impuesta al expresidente fue producto de un acto de control político y que dicha facultad está reconocida constitucionalmente. En consecuencia, no procede un control constitucional amplio sobre decisiones de esta naturaleza cuando se han respetado las garantías mínimas del proceso.

La sentencia enfatiza que el principio de separación de poderes limita la intervención judicial en decisiones políticas del Congreso, salvo casos de vulneración manifiesta de derechos fundamentales, lo que no se evidenció en este caso.

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