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Vacaciones por verano: ¿Cómo acceder a este beneficio laboral?

La Sunafil acaba de lanzar una guía que te ayudará a solicitar tus días libres

Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) te explica / Foto: archivo El Comercio

La temporada de verano 2024 empezó y posiblemente muchos trabajadores estén pensando en aprovechar estos meses de sol, para salir de vacaciones y compartir con la familia o amigos. Ante ello, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) te explica cómo hacer uso de este derecho.

Consulta si cuentas con 30 días de vacaciones

Tienen derecho a 30 días de vacaciones remuneradas los trabajadores de la actividad privada que cuenten con una jornada laboral igual o mayor a cuatro horas diarias, y que hayan cumplido un año de servicios. Además, deben cumplir con un récord vacacional.

El empleador debe abonar tu remuneración antes de comenzar tus vacaciones

La remuneración debe ser equivalente a la que el trabajador percibe habitualmente y abonarse antes del inicio de las vacaciones. Por ejemplo, si decidimos salir el 10 de enero debería ser abonada antes de esa fecha.

Tiempo considerado para el récord vacacional

Son varios los días que se computan para el récord vacacional: si trabajas durante cuatro horas al día se computa como un día de labor efectivo; de igual forma, el trabajo realizado en un día de descanso; el trabajo en un día domingo y las horas extras entre cuatro a más horas. Todos esos días adicionales que trabajaste se acumulan y sirven para que tengas derecho a las vacaciones.

Las licencias son incluidas en el récord vacacional

Las licencias también son incluidas en el cómputo del récord vacacional. De este modo, el descanso previo y posterior al parto, así como las licencias sindicales solicitadas para participar en una huelga y el tiempo de prueba de los trabajadores son considerados días efectivos laborales para el descanso vacacional.

Empleados de part time y mypes también gozan de vacaciones

Los trabajadores a tiempo parcial tienen derecho a gozar de seis días de descanso vacacional, al amparo de lo dispuesto en el Convenio 52 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Por su parte, los trabajadores de las micro y pequeñas empresas, debidamente acreditadas en el Remype, tienen derecho a gozar de 15 días calendario de descanso vacacional.

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