Abogado de la familia de vigilante fallecido cuestiona libertad de empresaria en Trujillo

Maricsa Polet Alfaro Cerna, la empresaria que atropelló y causó la muerte del vigilante Juan Martínez, en Trujillo, recuperó su libertad luego de que una sala superior revocara la pena efectiva de prisión y dispusiera que cumpla una condena suspendida de cuatro años, seis meses y 26 días./ Video: Canal N

El abogado de la familia de Juan Martínez cuestionó los argumentos que, según explicó, sustentaron la revocatoria de la pena efectiva. Indicó que la sala consideró que Alfaro Cerna tenía arraigo domiciliario y laboral, además de otros elementos favorables para la suspensión de la condena

Maricsa Polet Alfaro Cerna, la empresaria que atropelló y causó la muerte del vigilante Juan Martínez, en Trujillo, recuperó su libertad luego de que una sala superior revocara la pena efectiva de prisión y dispusiera que cumpla una condena suspendida de cuatro años, seis meses y 26 días.

La decisión judicial fue emitida el 7 de octubre de 2026, según informó Luiggi Minaya, abogado de la familia del vigilante, en entrevista con Canal N. La empresaria permaneció cuatro meses y cuatro días en el penal El Milagro de Mujeres.

El abogado cuestionó la decisión y explicó que la sala aplicó el artículo 57 del Código Penal, que contempla la posibilidad de suspender la ejecución de una pena bajo determinados requisitos. La defensa de la familia solicitó durante la audiencia que esta disposición no se aplicara al caso, pero su pedido no fue acogido.

Empresaria deberá cumplir reglas de conducta

De acuerdo con lo explicado por Minaya, la sentencia establece varias reglas de conducta que Alfaro Cerna deberá cumplir para permanecer en libertad:

  • Comparecer cada 60 días ante el juzgado de ejecución y registrar sus actividades mediante control biométrico.

  • No cambiar de domicilio sin autorización judicial.

  • Cumplir con el pago de la reparación civil en la forma y los plazos que se establezcan durante la ejecución de la sentencia.

  • No cometer un nuevo delito doloso.

El abogado precisó que la resolución mantiene la prohibición definitiva de conducir cualquier tipo de vehículo. Además, la reparación civil para los familiares de la víctima se incrementó de S/ 329.600 a S/ 400.000. Minaya señaló también que la resolución no contempla un impedimento de salida del país para la empresaria.

Defensa cuestiona fundamentos de la decisión judicial

El abogado de la familia de Martínez cuestionó los argumentos que, según explicó, sustentaron la revocatoria de la pena efectiva. Indicó que la sala consideró que Alfaro Cerna tenía arraigo domiciliario y laboral, además de otros elementos favorables para la suspensión de la condena.

Minaya sostuvo que uno de los aspectos relevantes del caso fue el dosaje etílico y cuestionó que este elemento no haya sido suficiente para mantener a la empresaria en prisión efectiva. También discrepó con la valoración de una supuesta colaboración con las autoridades y con los aportes económicos realizados durante la hospitalización del vigilante.

Según el abogado, la intervención de la empresaria se produjo con ayuda de vecinos y los gastos médicos fueron cubiertos por el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT). Añadió que, mientras Martínez permaneció hospitalizado, se habría presentado una caución de S/ 10.000 y que otros aportes para una futura reparación civil se realizaron después de su fallecimiento, ocurrido el 8 de mayo.

Estas afirmaciones corresponden a la versión de la defensa de la familia y forman parte de sus cuestionamientos a la resolución judicial.

¿Puede regresar al penal si incumple las condiciones?

Minaya explicó que Alfaro Cerna podría volver a prisión si incumple las reglas de conducta establecidas por el órgano judicial. Si cumple las condiciones impuestas, continuará en libertad bajo el régimen de suspensión de la pena.

La decisión fue adoptada por una sala superior integrada, según la información proporcionada por el abogado, por los jueces Burgos Mariños, Colmenares Cavero y Loyola Floriano. La resolución ha generado cuestionamientos por parte de la defensa de la familia de la víctima, que discrepa con la decisión de reemplazar la pena efectiva por una condena suspendida.

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