Chávez Cotrina pide revisar pena mínima por organización criminal

Chávez Cotrina pide revisar pena mínima por organización criminal/ Canal N

Fiscal Jorge Chávez Cotrina devela la necesidad de ajustar la pena mínima por organización criminal de 5 a 4 años para investigar delitos clave

El fiscal superior coordinador de las Fiscalías Especializadas contra la Criminalidad OrganizadaJorge Chávez Cotrina, solicitó la revisión y reajuste del marco normativo que tipifica el delito de organización criminal, específicamente en lo referente a la pena mínima. El pedido se centra en corregir la incoherencia generada por la Ley 32138, que modificó el artículo 317 del Código Penal.

Durante una entrevista, el representante del Ministerio Público detalló las implicancias técnicas que ha tenido el aumento del quantum de la pena mínima, afectando la operatividad de la Ley contra el Crimen Organizado (Ley 30077). Chávez Cotrina sostuvo que si bien la Ley 32138 fue un acierto al derogar la polémica Ley 3208, el ajuste en la sanción base ha creado un obstáculo directo para la persecución de ciertas estructuras delictivas.

La divergencia en el mínimo penal de 5 años

La principal crítica técnica del fiscal Chávez Cotrina radica en que la Ley 32138 elevó la pena mínima del delito de organización criminal a 5 años de prisión. Esta disposición contraviene el estándar internacional establecido por la Convención de Palermo, la cual define un delito grave como aquel cuya sanción en su extremo mínimo es igual o mayor a 4 años.

El fiscal señaló en Canal N que la mayoría de las legislaciones comparadas, como la española, se ajustan a los 4 años. Al establecer el Perú un mínimo de 5 años, se genera un desajuste que permite que tipos penales con una pena mínima de 4 años, como el de minería ilegal, queden automáticamente excluidos de ser investigados bajo el marco de la Ley contra el Crimen Organizado (Ley 30077). Este efecto reduce el universo de casos que pueden ser abordados con herramientas especializadas contra el crimen organizado.

Corrección normativa requerida por la Fiscalía

El fiscal indicó que el Poder Legislativo cuenta con dos opciones para corregir esta situación, producto de la falta de coherencia entre normativas. La primera alternativa consiste en reajustar la pena mínima del artículo 317 del Código Penal nuevamente a 4 años, lo que permitiría que el catálogo de delitos de la Ley 30077 vuelva a ser aplicable en su totalidad.

La segunda opción planteada es reajustar los delitos del catálogo del artículo 3 de la Ley 30077, aumentando su pena mínima a 5 años para que puedan encajar en el nuevo umbral. Chávez Cotrina enfatizó que la actual contradicción entre el artículo 2 y el artículo 3 de la Ley 30077 demuestra que el legislador no consideró las implicaciones de modificar la pena mínima del tipo penal de organización criminal.

Otros ajustes urgentes en el Código Procesal Penal

Además de la pena mínima, el fiscal Chávez Cotrina calificó como urgente la modificación del Código Procesal Penal en relación con el plazo de las escuchas telefónicas. La norma actual establece un límite de 60 días, prorrogable por otros 60 días, sumando un total de 4 meses.

El titular de las Fiscalías Especializadas contra la Criminalidad Organizada explicó que una organización criminal compleja (narcotráfico, trata o extorsión) requiere de un periodo mínimo de investigación de ocho meses. La limitación actual de cuatro meses amarra los recursos de la Fiscalía y la Policía, dificultando la desarticulación efectiva de las estructuras criminales.

Tags

  1. Jorge Chávez Cotrina

Relacionadas

Logo Canal N
© Canal N | CONTÁCTANOS: Redacción: info@canaln.pe - tlf: 411-0808