Congreso aprobó ley que faculta al Ministerio de Salud a usar instalaciones de clínicas
La norma establece que los equipos biomédicos e infraestructura de los centros y establecimientos de salud privados serán puestos a disposición del Ministerio de Salud
El Pleno del Congreso aprobó por insistencia el proyecto de ley que brinda facultades al Ministerio de Salud. La institución podrá intervenir las clínicas privadas durante la emergencia sanitaria por el COVID-19.
La norma establece que los equipos biomédicos e infraestructura de los centros y establecimientos de salud privados serán puestos a disposición del sector en calidad de ente rector del sistema nacional de salud.
El Minsa definirá los planes de acción para disminuir el riesgo o daño a la salud y la vida de las poblaciones, así como las acciones para cubrir los costos, sustentados y acreditados en que se incurran por el mantenimiento de los equipos, insumos y medicamentos.
Señala que durante la emergencia sanitaria se suspenda la exigencia de Serums como requisito para la contratación de personal de la salud en centros de salud del Minsa, en las direcciones o gerencias regionales de salud, en Essalud, en la sanidad de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.
La Superintendencia Nacional de Salud (Susalud) supervisará y sancionará a los centros y establecimientos de salud privados frente al incumplimiento de las disposiciones señaladas en la ley.
La norma fue aprobada con el voto a favor 110 legisladores, cero en contra y cero abstenciones. Por tratarse de una insistencia no requirió de segunda votación, según Andina.
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