La Comisión de Constitución y Reglamento aprobó los Proyectos de Ley 4475, 5849 y 6648, referidos a la inmunidad parlamentaria, con 14 votos a favor, 0 en contra y una abstención.
El texto sustitutorio del artículo 93 de la Constitución plantea que "el procesamiento por la comisión de delitos comunes imputados a congresistas de la República durante el ejercicio de su mandato es de competencia de la Corte Suprema de Justicia”.
Además, el texto de la ley de reforma constitucional señala que "en caso de comisión de delitos antes de asumir el mandato, es competente el juez penal ordinario".
Parte de la modificación del artículo 93 de la Constitución cita que "no son responsables ante autoridad ni órgano jurisdiccional alguno por las opiniones y votos que emiten en el ejercicio de sus funciones".