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Congreso: dictamen para que adolescentes tengan cuentas bancarias

Foto y video: Canal N

La iniciativa legislativa establece que la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP fijará los límites diarios de transacciones y los topes de retiro.

La Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera del Congreso de la República aprobó el dictamen del Proyecto de Ley 14744/2025-CR que regula la apertura y administración de cuentas bancarias para menores de edad en el sistema financiero formal. La propuesta técnica obtuvo el respaldo de 21 votos a favor por parte de los integrantes del grupo de trabajo parlamentario.

El dictamen aprobado establece que el acceso a este mecanismo financiero estará habilitado de forma específica para adolescentes mayores de 16 años y menores de 18 años. El dispositivo legal dispone que la apertura de la cuenta bancaria requerirá, por única vez, la autorización expresa de quien ejerza la patria potestad o la representación legal del menor.

El objetivo de la norma es adecuar el marco normativo financiero a la realidad transaccional y digital de este sector de la población.

Marco legal y modificaciones en el ordenamiento civil

El proyecto de ley introduce un anclaje normativo directo en la legislación civil peruana al invocar formalmente el concepto de capacidad de ejercicio restringida contemplado en el artículo 44 del Código Civil.

Esta precisión unifica el estatuto jurídico del menor con discernimiento dentro del sistema financiero privado nacional. De acuerdo con el texto aprobado, la medida busca disipar dudas respecto a la validez de los actos jurídicos que realicen los jóvenes en la administración directa de sus fondos.

Las condiciones operativas fijadas en el artículo 4 del dictamen imponen restricciones para el manejo de los productos financieros. Los adolescentes comprendidos en este rango de edad estarán limitados a poseer una sola cuenta del mismo tipo por cada empresa bancaria.

La finalidad de esta delimitación es prevenir el desborde transaccional y facilitar la trazabilidad de los fondos económicos dentro de los controles preventivos vigentes.

Mandato técnico de control y estadísticas de informalidad

La propuesta aprobada en la comisión dictaminadora confiere un mandato expreso a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP para el control del beneficio financiero. Esta entidad del Estado actuará como el organismo técnico encargado de dictar las políticas específicas, los límites diarios de transacciones y los topes de retiro para estas cuentas bancarias.

Las regulaciones sectoriales buscarán mitigar los riesgos asociados al uso de las plataformas digitales por parte de los menores de edad.

El sustento técnico del proyecto detalla que en el territorio nacional residen aproximadamente un millón y medio de adolescentes que se encuentran entre los 16 y 18 años. El diagnóstico de la comisión determinó que siete de cada diez menores de este segmento ahorran actualmente de manera informal. Asimismo, las estadísticas oficiales señalan que alrededor del 60% de este grupo percibe ingresos mensuales cercanos a la remuneración mínima vital.

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