Congreso: Publican ley que limita plazos para la colaboración eficaz
La norma establece un plazo máximo de ocho meses para aceptar o denegar los acuerdos de colaboración eficaz, con la posibilidad de extenderse por otros cuatro meses bajo circunstancias justificadas
El Congreso de la República publicó hoy, en el boletín de normas legales del Diario Oficial El Peruano, la Ley Nº 31990, la cual modifica los artículos 473, 476-A y 481-A del Nuevo Código Procesal Penal, referidos al proceso especial por colaboración eficaz.
La norma establece un plazo máximo de ocho meses para aceptar o denegar los acuerdos de colaboración eficaz, con la posibilidad de extenderse por otros cuatro meses bajo circunstancias justificadas.
Crimen organizado
En situaciones de crimen organizado, donde las investigaciones tienden a ser más complejas, la ley permite una prórroga adicional de hasta ocho meses.
Este cambio legislativo llega luego de que el Parlamento peruano aprobara la ley por insistencia, aunque el Poder Ejecutivo observó la propuesta porque un plazo tan acotado podría obstaculizar la efectividad de las investigaciones en procesos de colaboración eficaz.
Previamente se había propuesto un término de treinta y seis meses sin posibilidad de prórroga, generando un intenso debate sobre la eficiencia y la justicia en el marco legal peruano.
La norma está suscrita por el presidente del Congreso, Alejandro Soto; y su primer vicepresidente, Arturo Alegría.