Delia Espinoza: Congreso oficializó su inhabilitación por 10 años

La resolución publicada en El Peruano archiva en forma definitiva las imputaciones por presunto abuso de autoridad.
El Congreso oficializó la inhabilitación por 10 años para el ejercicio de la función pública contra la exfiscal de la Nación, Delia Espinoza. La sanción política quedó formalizada mediante la publicación de la Resolución Legislativa 010-2025-2026-CR en el Diario Oficial El Peruano.
La medida del Pleno se fundamenta en las conclusiones del informe final de las denuncias constitucionales acumuladas 563 y 618. El documento técnico determina que la exfuncionaria incurrió en infracciones constitucionales al interponer una denuncia penal contra 11 legisladores en el año 2025.

Fundamentos jurídicos de la inhabilitación constitucional
De acuerdo con la resolución emitida, la sanción responde a la vulneración de los artículos 45, 93 y 139 de la Constitución Política del Perú. El Poder Legislativo determinó que Espinoza Valenzuela excedió los límites del poder público al presentar la Denuncia Constitucional 549 por presunta negociación incompatible contra los parlamentarios.
Se informó que la acusación original de la exfiscal cuestionaba el voto a favor del Proyecto de Ley 319/2021-CR, vinculado a las pensiones de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional.
El informe aprobado concluye que la conducta de la exmagistrada afectó directamente la inviolabilidad parlamentaria garantizada por la Carta Magna. Las comisiones encargadas señalaron que el documento de la fiscalía carecía de una motivación suficiente y trasgredía las reglas básicas del debido proceso.
Cargos penales desestimados durante el proceso de inhabilitación
El Pleno del Congreso dispuso de manera paralela el archivo definitivo de los cargos de carácter penal contra la exfuncionaria.

La resolución legislativa absuelve a la ex fiscal de la Nación de las acusaciones por los presuntos delitos de abuso de autoridad y prevaricato. Estos supuestos ilícitos se encontraban tipificados en los artículos 376 y 418 del Código Penal peruano.
Las autoridades del Parlamento ratificaron que a lo largo de las sesiones se respetaron las garantías procesales de la investigada. La exjefa del Ministerio Público contó con el respaldo de una defensa técnica elegida de forma libre y acudió a presentar sus descargos en las audiencias correspondientes.
Antecedentes normativos sobre la inhabilitación de la exfiscal
Esta disposición constituye una nueva medida restrictiva dictada por el Poder Legislativo contra la misma exautoridad judicial. Previamente, el Congreso aprobó una sanción similar mediante la Resolución Legislativa 008-2025-2026-CR por imputaciones de infracción constitucional.
Los efectos de la primera sanción política fueron suspendidos parcialmente por la Tercera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima. El órgano judicial declaró fundada en parte una demanda de amparo, aunque supeditó su vigencia a la inexistencia de nuevos actos administrativos o resoluciones de otra naturaleza.






