Domingos: Se multará con S/6540 a conductores que circulen con vehículos particulares

Solo se permite el tránsito vehicular de aquellas personas que brindan servicios esenciales

Multan a conductores de vehículos particulares.

El general Jorge Angulo, director de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial de la Policía Nacional informó que las personas que conduzcan su automóvil particular el día domingo recibirán una multa de S/6540 (infracción M41).

Según detalló, si bien se ha levantado la medida de inmovilización social obligatoria del domingo en Lima y Callao, está restringido el uso de vehículos particulares.

“Advertir al público y a los conductores que el día domingo está prohibida la circulación de vehículos particulares. (…) Solamente están autorizados las personas relacionadas a los campos de producción, de la medicina, bomberos o servicios públicos. Por ejemplo, los periodistas deben mostrar su credencial”, mencionó en TV Perú.

El oficial agregó que existen excepciones como en el caso de emergencias, tal y como lo indica la norma. Desde este domingo 20 de septiembre rige esta medida en las regiones en las que no hay cuarentena focalizada. 

Como se recuerda, el ministro de Defensa, Jorge Chávez Crespo, indicó que el uso de transporte público los días domingo será exclusivo para trabajadores que cumplen labores esenciales, pues se busca que la ciudadanía no transite hacia otros distritos.

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