JEE declara inadmisible lista de Fuerza Popular en el extranjero

El Jurado Electoral Especial de Lima Centro 2 otorgó dos días al partido de Keiko Fujimori para subsanar observaciones en la inscripción de su lista de candidatos a diputados por peruanos en el extranjero.
El Jurado Electoral Especial de Lima Centro 2 declaró inadmisible la solicitud de inscripción de la lista de candidatos de Fuerza Popular para la Cámara de Diputados en el distrito electoral de peruanos residentes en el extranjero. La decisión se adoptó en el marco de las Elecciones Generales 2026.
La resolución establece que la organización política no presentó documentación suficiente para acreditar el cumplimiento del límite permitido de candidatos designados directamente, conforme a la normativa electoral vigente.

¿Por qué el JEE declaró inadmisible la lista de Fuerza Popular?
El Jurado Electoral Especial de Lima Centro 2 determinó que la lista presentada por Fuerza Popular no cumplía con los requisitos formales exigidos para su admisión.
Según la resolución, los cuatro candidatos propuestos para representar a los peruanos residentes en el extranjero fueron designados directamente por el partido.
La normativa establece que solo hasta el 20 por ciento del total de candidatos a la Cámara de Diputados puede ser designado de manera directa.
¿Qué documentación observó el Jurado Electoral?
El JEE señaló que Fuerza Popular presentó un acta de elecciones primarias que no consignaba los nombres de los candidatos.
En contraste, el acta de designación directa sí identificaba a los postulantes incluidos en la lista observada.

Ante esta discrepancia, la autoridad electoral consideró necesario verificar si el partido cumplía el límite global de designaciones permitidas.
¿Qué exige la normativa electoral sobre candidatos designados?
El Reglamento de Inscripción de Fórmulas y Listas de Candidatos establece que el porcentaje máximo de candidatos designados no puede superar el 20 por ciento del total nacional.
Para las Elecciones Generales 2026, el total de candidatos a la Cámara de Diputados a nivel nacional es de 158.
El JEE indicó que para verificar el cumplimiento de esta cuota se requiere el acta general de designados del partido en todas las circunscripciones.
¿Qué plazo tiene Fuerza Popular para subsanar la observación?
La resolución del Jurado Electoral Especial otorgó un plazo de dos días calendario a Fuerza Popular para corregir la observación detectada.
El plazo se computa desde el día siguiente de la notificación oficial al personero legal del partido.
En caso de no presentar la documentación requerida dentro del tiempo establecido, la solicitud será declarada improcedente de manera definitiva.

¿Qué implica que una lista sea declarada inadmisible?
La inadmisibilidad implica que la solicitud de inscripción presenta observaciones que pueden ser corregidas dentro del plazo otorgado.
No se trata aún de un rechazo definitivo, sino de una etapa previa para subsanar errores u omisiones documentales.
Solo si el partido no cumple con la subsanación, el JEE procederá a declarar la improcedencia de la lista.
¿Quiénes emitieron la resolución del Jurado Electoral?
La resolución fue emitida por el Pleno del Jurado Electoral Especial de Lima Centro 2
Este órgano está conformado por Maruja Otilia Hermoza Castro, Teddy Cortez Vargas y Gina María Delgado Reyes.
Asimismo, se dispuso la notificación al personero legal de Fuerza Popular y la publicación del documento en los canales oficiales del Jurado Nacional de Elecciones.
¿Qué ocurrirá tras la subsanación o vencimiento del plazo?
Si Fuerza Popular presenta el acta general de designados y acredita el cumplimiento del límite del 20 por ciento, el JEE evaluará la documentación.
De considerarla conforme, la lista será admitida a trámite para continuar el proceso electoral.
En caso contrario, se emitirá una resolución que declare improcedente la inscripción de la lista para esta circunscripción.
El Jurado Electoral Especial de Lima Centro 2 declaró inadmisible la inscripción de la lista de candidatos de Fuerza Popular para la Cámara de Diputados por peruanos residentes en el extranjero. La autoridad electoral observó que los cuatro postulantes fueron designados directamente, lo que podría exceder el límite permitido por la normativa. El JEE otorgó un plazo de dos días calendario para que el partido presente el acta general de designados y subsane la observación. De no hacerlo, la solicitud será declarada improcedente de manera definitiva.





