Ley del plástico: mercados y bodegas pequeñas no deben cobrar impuesto por bolsas

El impuesto de S/ 0.10 es aplicable en los establecimientos que comercializan bienes y que están sujetos al Impuesto General a las Ventas (IGV)

Impuesto de 10 céntimos solo es aplicable a los que están sujetos al IGV. Foto: Andina

La ley que regula el plástico de un solo uso y los recipientes y envases descartables establece que el impuesto de 10 céntimos solo es aplicable en los establecimientos que comercializan bienes y que están sujetos al Impuesto General a las Ventas (IGV).

“Las empresas pequeñas, por ejemplo, kioskos de mercados que están dentro del nuevo Régimen Único Simplificado - RUS (no afectas al IGV) no serán receptoras del impuesto. Los que están en el nuevo RUS, cuando entreguen bolsas de plástico, no deben cobrar ese impuesto a los clientes”, explicó Carlos Chirinos, gerente de Orientación y Servicios de la Sunat.

El funcionario señaló también que, las empresas receptoras del impuesto de las bolsas de plástico, como los supermercados, tendrán que regularizar lo recaudado en el mes de setiembre.

“El efecto recaudatorio es menor, y no es la finalidad de la norma, porque el objetivo es desincentivar el uso del plástico. Como se sabe, el impuesto irá subiendo, empezamos este año con 10 céntimos y llegará con 50 céntimos en el 2023”, indicó a Andina.

Por otro lado, sostuvo que las sanciones y multas para quienes no cumplan con esta ley, en el tema del impuesto, están reguladas como para cualquier perceptor, tal como se señala en el actual Código Tributario.

“Como toda medida, tiene sus puntos a favor y en contra, pero lo más importante es que se está tomando una decisión de enfrentar el consumo de plástico”, recalcó.

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