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López Aliaga: JEE declaró improcedente inscripción de candidatura

Foto: Rafael López Aliaga FB - Video: Canal N

El órgano electoral determinó que los documentos de desistimiento unilateral presentados por el partido Renovación Popular Perú no modifican su actual condición jurídica vigente de senador electo.

El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro determinó que la inscripción de candidatura de Rafael López Aliaga incurre en causales de improcedencia para postular a la Municipalidad Provincial de Lima por la agrupación Renovación Popular.

La Resolución N° 04301-2026-JEE-LICN/JNE oficializó la tacha del postulante al no haberse subsanado debidamente las observaciones impuestas respecto a su estatus legal previo en los plazos correspondientes otorgados por la legislación.

Foto: Rafael López Aliaga FB

La controversia se originó a partir de una incompatibilidad de cargos detectada de forma directa por el ente evaluador. De acuerdo con el análisis oficial del jurado electoral, la inscripción de candidatura de Rafael López Aliaga no pudo ser validada debido a que el ciudadano mantiene la condición jurídica vigente de senador electo para el periodo parlamentario 2026-2031.

Esta proclamación previa fue otorgada por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) mediante la Resolución N.º 1412-2026-JNE con fecha del 19 de junio de 2026, impidiendo su postulación a nivel edil.

Argumentación legal sobre la condición del postulante

El ente regulador desestimó los recursos documentales presentados por el personero legal de la organización política durante la etapa de subsanación de errores. El colegiado determinó que los escritos unilaterales no poseen la capacidad de anular un acto administrativo firme.

La resolución judicial especifica que la inscripción de candidatura de Rafael López Aliaga dependía de una anulación formal expedida por una autoridad competente y no de meras cartas informativas enviadas al Congreso de la República o al propio pleno del Jurado Nacional de Elecciones.

Cronología y presentación de los documentos de descargos

El proceso administrativo registra fechas claves que determinaron la inviabilidad de la postulación para las elecciones de octubre. El 19 de junio de 2026 se emitió la proclamación de los miembros del Senado, fecha en la que el candidato presentó su desistimiento irrevocable a recibir sus respectivas credenciales legislativas.

Posteriormente, el 22 de junio se notificó la inadmisibilidad de la lista y el 24 de junio se publicó la proclamación senatorial en el diario oficial El Peruano. Los descargos de la defensa no variaron el estatus de la inscripción de candidatura de Rafael López Aliaga al carecer de una resolución aprobatoria expedida por el Legislativo.

Impacto en la lista electoral y marco del proceso

A raíz de esta determinación final emitida por las autoridades electorales de primera instancia, la plaza correspondiente al primer regidor provincial quedó completamente desierta dentro de la nómina del partido.

El espacio asignado al personero figura con guiones en la lista admitida que ingresará de forma directa al periodo de tachas ciudadanas para que cualquier elector presente recursos de oposición si lo considera pertinente.

La afectación a la inscripción de candidatura de Rafael López Aliaga ocurre a pocos meses del desarrollo de las Elecciones Regionales y Municipales que convocarán a más de 26 millones de ciudadanos peruanos en las urnas. 

El Jurado Electoral Especial de Lima Centro rechazó la postulación de Rafael López Aliaga como primer regidor y teniente alcalde de Lima por el partido Renovación Popular Perú. El organismo determinó que mantiene la condición vigente de senador electo tras ser proclamado el pasado 19 de junio. Las cartas de desistimiento enviadas al Parlamento y al Jurado Nacional de Elecciones fueron consideradas insuficientes al ser trámites unilaterales que no anulan la resolución oficial. El puesto edil quedó vacío en la lista.

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