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ONPE: marco legal para voto en el extranjero no fue modificado

Foto: ONPE - Video: Canal N

El organismo electoral descartó modificaciones en la ley y confirmó el traslado físico de actas de sufragio.

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) emitió un pronunciamiento oficial para precisar que el marco legal que regula el voto de los ciudadanos peruanos residentes en el extranjero no sufrió modificación alguna durante los últimos comicios.

De acuerdo con el reporte del organismo autónomo, las disposiciones contenidas en la Resolución Jefatural 000090-2026-JN/ONPE poseen un carácter estrictamente operativo y procedimental.

La institución del Estado informó que estas medidas administrativas se diseñaron con el objetivo de regular la organización de las actividades electorales en el exterior en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Fuente: ONPE

El traslado del material electoral correspondiente a las mesas de sufragio instaladas fuera del territorio nacional se ejecutó entre el lunes 8 y el miércoles 10 de junio de 2026. Este proceso, según se dijo, se realizó de forma convencional debido a una solicitud expresa del Ministerio de Relaciones Exteriores para no emplear el aplicativo informático en la segunda elección presidencial.

Las normativas institucionales vigentes determinan que este tipo de lineamientos se publican de manera regular desde el año 2016 ante cada convocatoria a elecciones generales.

Lineamientos técnicos y vigencia de la Ley Orgánica de Elecciones

El marco regulatorio implementado por la entidad electoral establece que las directivas emitidas no alteran las competencias fijadas por la Ley Orgánica de Elecciones.

Las resoluciones jefaturales publicadas en el diario oficial El Peruano preservan el principio de intangibilidad aplicable a las normas que poseen rango de ley dentro del ordenamiento jurídico nacional. Los funcionarios del organismo técnico coordinaron las labores logísticas directamente con las oficinas consulares peruanas para asegurar la recepción ordenada de los paquetes con las actas de votación.

Las precisiones de la autoridad administrativa surgen con el propósito de aclarar las versiones públicas respecto al procesamiento de los votos de los peruanos en el exterior. Los mecanismos de fiscalización contemplados en los protocolos institucionales garantizan que el traslado físico de los documentos electorales cumpla con los estándares de seguridad requeridos por el sistema democrático.

Las sesiones de cómputo general de la Oficina Nacional de Procesos Electorales continúan desarrollándose de acuerdo con el calendario oficial programado por las entidades del sector.

Postura de las agrupaciones políticas sobre el sufragio en el exterior

La organización política Juntos por el Perú, a través de una declaración de su candidato presidencial Roberto Sánchez, manifestó que los recursos de observación presentados se dirigen de forma exclusiva contra el ente rector electoral.

El dirigente partidario deslindó de las versiones que atribuían responsabilidades operativas a los funcionarios diplomáticos que ejercen los cargos de cónsules en las sedes del extranjero. La agrupación sostuvo que el voto de los residentes fuera del país constituye un derecho de naturaleza intangible que debe ser garantizado por el Estado.

Los representantes de la referida fuerza política anunciaron que presentarán ante el Congreso de la República un proyecto de ley orientado a fortalecer la protección integral de los derechos de la comunidad peruana en el exterior.

El partido argumentó que las impugnaciones planteadas contra las directivas de la segunda vuelta buscan preservar la transparencia de los resultados y evitar la manipulación de las actas electorales. Las competencias exclusivas para el desarrollo y validación del proceso de votación corresponden únicamente a la Oficina Nacional de Procesos Electorales y al Jurado Nacional de Elecciones.

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