PCM aprueba lineamientos para manejo de cadáveres en emergencias
La PCM oficializó un protocolo obligatorio para la atención y el registro de víctimas en desastres

La Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres, oficializó la aprobación de los nuevos lineamientos para la gestión y manejo de cadáveres y restos humanos en situaciones de emergencias y desastres. La medida fue publicada este domingo en el diario oficial El Peruano y se sustenta en una propuesta elaborada por el Instituto Nacional de Defensa Civil. El protocolo establece un marco normativo de cumplimiento obligatorio para las entidades públicas de nivel nacional, regional y local en todo el país.
El objetivo central de la norma es estructurar las operaciones de respuesta estatal para garantizar que la recuperación, identificación y disposición final de las víctimas se ejecuten bajo criterios técnicos, sanitarios y de bioseguridad. Con esta disposición, el Ejecutivo busca corregir las fallas de articulación interinstitucional detectadas en emergencias pasadas, estandarizando los procedimientos de campo, la cadena de custodia y el acompañamiento psicosocial a los deudos.
Fases operativas y competencias institucionales
El proceso quedó dividido en cuatro etapas secuenciales. La primera fase abarca la planificación e identificación previa de terrenos de acopio. La segunda comprende las acciones de campo para la localización, codificación única, embolsado y traslado seguro de los restos. La tercera etapa se enfoca en la identificación forense mediante peritajes científicos, mientras que la cuarta fase establece la entrega formal de los cuerpos a los familiares o su inhumación en cementerios temporales.
La ejecución del protocolo involucra al Ministerio Público, Fuerzas Armadas, Policía Nacional del Perú, Cuerpo General de Bomberos Voluntarios, Ministerio de Salud, Registro Nacional de Identificación y Estado Civil y gobiernos subnacionales. La conducción de los peritajes forenses recae en el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, entidad que aplicará análisis de dactiloscopía, antropología y perfil genético. Por su parte, el RENIEC desplegará equipos del sistema AFIS para agilizar la validación biométrica post mortem.
Infraestructura y acondicionamiento técnico
Los gobiernos regionales y locales asumen la responsabilidad directa de habilitar los espacios denominados Puntos Negros, destinados al acopio primario y procesamiento de cadáveres. Estos lugares deben instalarse en estructuras de material noble resistentes a sismos, ubicadas en zonas no anegables, con un área referencial de 1.000 metros cuadrados y servicios básicos de agua, desagüe, energía eléctrica e internet.
Dichas instalaciones deben contar con módulos de refrigeración que mantengan temperaturas de entre 2 y 4 grados Celsius. En situaciones excepcionales sin suministro eléctrico, se autoriza la conservación temporal mediante paredes de hielo seco a razón de 10 kilogramos diarios por cuerpo. Asimismo, las municipalidades quedan encargadas de habilitar cementerios temporales para la inhumación registrada de los restos que no hayan sido identificados o reclamados.








