Guillermo Bermejo: Declaran improcedente pedido de comparecencia e impedimento de salida en su contra
Según la Segunda Sala Penal Transitoria, el juez de investigación preparatoria es el competente para evaluar en primera instancia la imposición de dichas restricciones
La Segunda Sala Penal Transitoria del Poder Judicial declaró improcedente el pedido fiscal de comparecencia con restricciones e impedimento de salida del país contra el congresista electo Guillermo Bermejo.
Ello durante el juicio oral contra el parlamentario de Perú Libre por presunta afiliación a una organización terrorista, llevado a cabo este lunes 14 de junio.
"En el recurso de nulidad, la Corte Suprema interpreta que las salas penales que tramitan el proceso bajo las reglas del Código de Procedimiento Penales no son competentes para pronunciarse respecto de medidas de coerción personal como la solicitada en esta incidencia", indicó el tribunal de la Sala.
Asimismo, se mencionó que el artículo 287 del Código Procesal Penal hace referencia a que el juez de investigación preparatoria del caso es el competente para evaluar en primera instancia la imposición de las restricciones que están previstas en el artículo 288 del Código Procesal Penal.
"El representante del Ministerio Público deberá acudir al juez penal de primera instancia, a fin de formular su requerimiento de imposición de comparecencia con restricciones e impedimento de salida del país, anexando a su requerimiento los elementos de convicción que considere pertinentes", señaló el juez.
El fiscal Gino Quiroz interpuso el recurso de nulidad respecto a la decisión de la Sala. Sin embargo, fue rechazado por la Segunda Sala Penal Transitoria.
Asimismo, la Sala también declaró improcedente el pedido de levantamiento de reserva de identidad de los testigos protegidos del caso.
La siguiente audiencia del caso se realizará el 22 de junio a las 9 a. m. y posteriormente el 30 de junio desde las 3 p. m.