Roberto Sánchez: Poder Judicial rechazó recursos en caso ONPE

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La instancia judicial dejó firme el auto de enjuiciamiento que incluye a su hermano por presuntos aportes no declarados.

El 33º Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Lima declaró infundados los recursos presentados por la defensa legal del excandidato Roberto Sánchez.

La resolución del juez Adolfo Farfán Calderón dispuso que el proceso penal por la presunta comisión del delito de administración fraudulenta avance de forma definitiva hacia la etapa de juicio oral.

El tribunal judicial emitió este 24 de julio, la Resolución Nro. 56 dentro del expediente 02326-2023-2-1826-JR-PE-17.

La decisión ratifica el cierre de la etapa intermedia en la causa que involucra la supuesta presentación de información falsa sobre aportes de campaña ante la Oficina Nacional de Procesos Electorales entre los años 2018 y 2020.

Determinaciones de la Resolución Nro. 56 y situación de las partes imputadas

La resolución judicial desestimó el recurso de nulidad interpuesto contra el Auto de Enjuiciamiento, contenido en la Resolución N° 53. Asimismo, la judicatura declaró consentida dicha medida debido a que la defensa técnica de Roberto Sánchez no presentó la fundamentación correspondiente dentro del plazo legal establecido por la norma procesal.

El dictamen incluye en el enjuiciamiento al ciudadano William Sánchez Palomino, hermano del excandidato, por presuntamente no reportar a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) el ingreso de más de 200 mil soles en una cuenta bancaria personal.

De igual forma, el proceso comprende a los imputados José Manuel Guardia Huamaní, Rubén Mario Herrada Tello, Manuel Eugenio Torbisco Juárez y Raúl del Castillo Alatrista, en agravio del partido político Juntos por el Perú.

Por su parte, el Ministerio Público solicita una sanción de cinco años y cuatro meses de pena privativa de la libertad contra el exministro. La pretensión fiscal abarca además la inhabilitación definitiva del procesado para ejercer la presidencia de la organización política.

Tramitación de excepciones técnicas y argumentos del órgano jurisdiccional

El magistrado ordenó conceder las apelaciones respecto a tres medios de defensa presentados por el imputado, los cuales serán elevados al Superior Jerárquico sin efecto suspensivo.

Esta disposición aplica a las impugnaciones de las resoluciones que declararon infundadas la excepción de prescripción, la excepción de naturaleza de acción y la excepción de cosa juzgada.

En el análisis doctrinario, el tribunal sostuvo que el derecho a la motivación no exige responder de forma exhaustiva a cada argumento secundario, sino a los aspectos relevantes de la pertinencia probatoria.

Además, el juzgado aplicó el principio de trascendencia, concluyendo que la defensa ejerció el derecho al contradicho durante la audiencia preliminar sin acreditar un menoscabo real al debido proceso.

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