¿Cuáles son las restricciones para la segunda vuelta electoral?

JNE informó que la prohibición de venta de bebidas alcohólicas, conocida como Ley Seca, se iniciará el sábado 5 a las 8:00 a. m.

Desde el pasado lunes 31 de mayo empezaron a regir las restricciones que prevé la legislación electoral a fin de asegurar el correcto desarrollo del proceso de segunda elección presidencial del próximo 6 de junio, informó el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
 
Desde las 00:00 horas del lunes está prohibida la difusión o publicación de encuestas de intención de voto en los medios de comunicación, tal como lo precisa el artículo 191 de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE). 

El JNE recordó que el incumplimiento de esta disposición se sanciona con una multa de entre 10 y 100 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), es decir entre 44 mil y 440 mil soles. 

En tanto, desde las 00:00 horas del viernes 4 de junio ya no se podrán realizar reuniones o manifestaciones de carácter político. “Su transgresión, conforme al artículo 388 de la LOE, se sanciona con cárcel no menor de tres meses ni mayor de dos años”, indica el JNE.

Asimismo, todo tipo de propaganda política quedará suspendida desde las 00:00 horas del sábado 5 de junio. En esta restricción se incluye la intervención de los candidatos en los medios de comunicación (entrevistas, conferencias, debates, etc.). 

Su incumplimiento acarreará una multa de entre 30 (132 mil soles) y 100 UIT (440 mil soles) o una pena de prisión no menor de dos años. 

Ley seca 

Se establece además la prohibición de la venta de bebidas alcohólicas entre las 08:00 a. m. del sábado 5 y las 08:00 a. m. del lunes 7. 

“El incumplimiento de esta disposición se sanciona con cárcel no mayor de seis meses, multa no menor de 2790 soles y pena accesoria de inhabilitación por igual tiempo que el de la condena, que puede consistir en incapacitar al condenado para ejercer la función o labor que ejercía”, agrega el ente electoral.

Finalmente, el domingo 6 de junio, día de la segunda elección presidencial, entre las 07:00 a. m. y 7:00 p. m. no están permitidas las reuniones de electores en un radio menor de 100 metros de los centros de sufragio. 

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