APP retira proyecto sobre extorsiones e Impuesto a la Renta
La bancada de Alianza para el Progreso (APP) decidió retirar el proyecto de ley presentado por el congresista Luis Cordero Jon Tay, que proponía permitir a las empresas deducir del Impuesto a la Renta los pagos realizados como consecuencia de extorsiones. La iniciativa fue sacada formalmente del trámite parlamentario, luego de generar controversia en distintos sectores.
El proyecto había sido presentado el 15 de octubre ante la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera del Congreso. Su objetivo era modificar el artículo 37 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, con el fin de considerar estos pagos como pérdidas extraordinarias.
Contenido original del proyecto legislativo
La iniciativa del congresista Luis Cordero, respaldada por otros legisladores de Alianza para el Progreso, planteaba que los contribuyentes pudieran deducir las sumas pagadas bajo extorsión como pérdidas deducibles, incluso sin necesidad de iniciar un proceso judicial.
Para ello, proponía reemplazar el requisito de acreditación judicial por una declaración jurada legalizada notarialmente.
Esta declaración debía incluir la huella digital del declarante, su firma legalizada y medios probatorios disponibles, y se contemplaban medidas penales para quienes proporcionaran información falsa, bajo la supervisión de la SUNAT y el Ministerio Público.
El proyecto argumentaba que muchas víctimas no denuncian las extorsiones por temor a represalias, por lo que el requisito judicial dificultaba el reconocimiento de estas pérdidas en sus obligaciones tributarias.
Justificación económica y social de la propuesta
En su exposición de motivos, el documento señalaba que la extorsión genera impactos económicos significativos, afectando especialmente a pequeños y medianos empresarios, transportistas y trabajadores autónomos.
También indicaba que algunas mafias criminales exigen hasta el 30 % de las ganancias de los transportistas, lo cual ha provocado paralizaciones en diferentes regiones.
El proyecto aseguraba que la legislación vigente obliga a declarar y tributar por utilidades ficticias, ya que no se reconocen las pérdidas por extorsión sin una sentencia judicial o una investigación formal en curso. Esto, sostenía el texto, afectaba la liquidez y competitividad de muchas empresas.
Cifras del INEI citadas por el legislador indicaban que solo el 15,7 % de las víctimas de algún delito presentan una denuncia, y entre los motivos principales figuran la falta de confianza en las instituciones y el temor a represalias.
Argumentos de seguridad tributaria
La propuesta legislativa también incorporaba medidas para evitar abusos. Entre ellas, se contemplaba que el Procurador de la SUNAT presentara denuncias penales en caso se comprobara el uso fraudulento de la herramienta tributaria.
La SUNAT debía además emitir las normas reglamentarias necesarias para su aplicación.
El texto establecía que la modificación no alteraba el marco penal vigente ni impedía que las víctimas presentaran denuncias judiciales si lo consideraban pertinente. Solo ofrecía una vía alternativa para fines tributarios en contextos de riesgo elevado.
El planteamiento buscaba, según se indicó, armonizar la política tributaria con la realidad delictiva que enfrentan ciertos sectores económicos.
Coautores y respaldo inicial
El proyecto fue respaldado inicialmente por varios parlamentarios. Figuraban como coautores Alejandro Soto, Segundo Quiroz Barboza, Magaly Ruíz, María Acuña Peralta, Idelso García y Eduardo Salhuana. Todos ellos pertenecientes a Alianza para el Progreso o aliados legislativos.
La iniciativa fue presentada como una herramienta para proteger el capital de trabajo y ofrecer seguridad jurídica a las víctimas reales de extorsión, en un contexto de elevada criminalidad.
Se indicaba además que el mecanismo permitiría al Estado dimensionar mejor el problema mediante información tributaria recopilada.
Decisión de retirar la propuesta
Luego de la difusión del contenido del proyecto, surgieron críticas en distintos espacios públicos, incluyendo opiniones de especialistas tributarios y penalistas.
En ese contexto, la bancada de Alianza para el Progreso comunicó formalmente su decisión de retirar la iniciativa del proceso legislativo.
El retiro fue informado al Parlamento, dejando sin efecto el trámite que había sido iniciado pocos días antes. La bancada no detalló las razones específicas detrás de su decisión, aunque la medida fue interpretada como una respuesta a la polémica generada.
Hasta el momento, el congresista Luis Cordero Jon Tay no ha emitido un pronunciamiento público adicional sobre el retiro de su propuesta.
Marco legal y antecedentes del caso
El planteamiento formaba parte de una serie de debates sobre medidas legislativas en respuesta a la criminalidad organizada. La modificación del artículo 37 de la Ley del Impuesto a la Renta fue presentada como una reforma focalizada, aunque sin antecedentes legislativos recientes similares.
El retiro de la propuesta ocurre en un contexto de sensibilidad social respecto a los delitos de extorsión, que han crecido en incidencia en diversas regiones del país.
La decisión de la bancada de Alianza para el Progreso pone fin, por ahora, a la discusión de este mecanismo en el Congreso.
La bancada de Alianza para el Progreso retiró el proyecto de ley que permitía deducir pagos por extorsión del Impuesto a la Renta. La propuesta, presentada por el congresista Luis Cordero Jon Tay, buscaba reconocer como pérdidas extraordinarias estos pagos mediante una declaración jurada notarial. El texto fue retirado tras generar controversia y cuestionamientos en el ámbito legislativo y público. Inicialmente, contaba con respaldo de otros parlamentarios de la bancada. La iniciativa planteaba medidas contra el uso fraudulento y buscaba brindar alternativas legales a víctimas de extorsión.