Coronavirus: SAT ofrece descuentos de hasta 85 % en pago de multas y papeletas
El Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT) brindará facilidades a los contribuyentes y administrados para el pago de deudas tributarias y no tributarias correspondientes al ejercicio 2020 y años anteriores, cualquiera sea el estado en que se encuentren.
Se informó que los abonos pueden efectuarse al contado, en una sola cuota, y mediante cualquier medio de pago establecido por el SAT. Asimismo, las deudas pueden fraccionarse siempre que la primera cuota se cancele el día de la suscripción.
Multas y papeletas
Se otorgarán descuentos de entre 65 % y 85 % a aquellas personas que paguen al contado sanciones pendientes impuestas por infracciones de tránsito, transporte de carga y vehículo menor, así como multas administrativas.
Se conoció que habrá un descuento adicional del 5 % a quienes paguen a través de Internet, bancos y agentes bancarios. El beneficio se aplicará sobre el monto insoluto de la multa pendiente, correspondiente al ejercicio 2020 y años anteriores.
Con respecto a los pagos fraccionados, los descuentos fluctuarán entre 50 % y 70 %, según el año de la infracción de tránsito, transporte de carga y vehículo menor, y de la multa administrativa.
Impuesto predial y vehicular, arbitrios municipales, multas y otros
Asimismo, se informó que el SAT descontará entre 5 % y 45 % sobre el saldo insoluto de aquellas deudas por arbitrios municipales y multas tributarias que se paguen al contado. A las personas que cancelen mediante Internet, bancos o agentes bancarios también se les rebajará un 5 % adicional.
Por su parte, la entidad otorgará rebajas que fluctuarán entre 45 % y 95 % aplicables sobre el interés moratorio a quienes opten por pagar al contado sus impuestos, arbitrios municipales y multas tributarias, así como un 5 % adicional por cancelaciones virtuales en bancos o agentes bancarios.
“Si los contribuyentes y administrados deciden fraccionar sus multas tributarias y arbitrios municipales, el descuento será de hasta 45 % y se aplicará sobre el saldo insoluto de la deuda. En tanto, las rebajas aplicables a los intereses moratorios para quienes deban impuestos, arbitrios municipales y multas tributarias fluctuarán entre 30 % y 95 %, dependiendo del año de la deuda”, detalló la institución.
Además, el SAT señala que para el 2020 se descontará el 100 % de los intereses respecto de los tributos vencidos durante el presente año y, adicionalmente, se otorgará un incentivo del descuento del 10 % sobre el saldo insoluto de arbitrios municipales, el cual mantendrá su vigencia con posterioridad al plazo de acogimiento al beneficio, siempre que el pago sea realizado a través de canales virtuales y alternativos. La disposición tiene una vigencia de 90 días calendario.
Finalmente, el SAT indicó que continúan suspendidas las acciones de ejecución de cobranzas coactivas y no se dará inicio a nuevos procedimientos durante el periodo de vigencia del beneficio otorgado.
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