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PJ anula sanción del INPE contra Pedro Castillo por su huelga

El Poder Judicial calificó de absurda y humillante la sanción de aislamiento impuesta por el Inpe al expresidente Pedro Castillo, al considerar que no se le puede castigar por ejercer su derecho a la protesta mientras cumple prisión preventiva.
Foto y video: Canal N

El Poder Judicial declaró nulo el proceso administrativo disciplinario iniciado por el Instituto Nacional Penitenciario (Inpe) contra el expresidente Pedro Castillo por haberse declarado en huelga de hambre. El castigo, que incluyó su aislamiento y la suspensión de visitas, fue calificado como “absurdo y humillante” por el órgano jurisdiccional, al señalar que la protesta del exmandatario no constituye una falta sancionable conforme a la ley.

La resolución fue emitida por un juzgado constitucional, el cual concluyó que el Inpe no tiene atribuciones para sancionar un acto de protesta de esa naturaleza.

No obstante, el fallo sí establece que el personal penitenciario puede intervenir si se presentan riesgos para la salud o la vida del interno, pero sin convertir esa respuesta en una sanción formal.

Huelga de hambre y proceso disciplinario

Pedro Castillo anunció públicamente su decisión de iniciar una huelga de hambre en marzo de este año, como forma de protesta contra el juicio que enfrenta por los presuntos delitos de rebelión y abuso de autoridad relacionados con su intento de golpe de Estado en diciembre de 2022.

Fuente: Difusión

En una carta escrita desde el penal de Barbadillo, el exmandatario calificó el proceso en su contra como una persecución política.

La carta, firmada por él y su abogado Walter Ayala, fue difundida por medios de comunicación y generó diversas reacciones.

En respuesta, el Inpe inició un proceso administrativo disciplinario, alegando que la negativa a ingerir alimentos constituía una falta grave según el Código de Ejecución Penal.

Como consecuencia de esa calificación, se ordenó su aislamiento en el penal de Barbadillo y se suspendieron sus visitas.

La medida fue aplicada pese a que Castillo se encontraba bajo prisión preventiva y sin sentencia firme.

Fundamentos de la resolución judicial

El juzgado que revisó el caso consideró que el aislamiento impuesto por el Inpe no solo fue desproporcionado, sino contrario a los derechos fundamentales.

En ese sentido, estableció que declararse en huelga de hambre, como forma de expresión y protesta, no puede ser equiparado a una conducta sancionable dentro del régimen penitenciario.

Pedro Castillo, expresidente - Fuente: Canal N

“El aislamiento aplicado resulta no solo innecesario, sino también atentatorio contra la dignidad de la persona humana”, señala la resolución.

Asimismo, el juzgado destacó que el exmandatario se encontraba en un penal con mínima población, lo que descarta la tesis del Inpe sobre la supuesta generación de intranquilidad al resto de los internos.

El aislamiento en penales: marco normativo y aplicación

El reglamento penitenciario permite la aplicación de medidas disciplinarias como el aislamiento y la suspensión de visitas cuando un interno comete faltas graves o muy graves. Sin embargo, dichas sanciones deben responder a una conducta que afecte el orden, la seguridad o el cumplimiento de las normas dentro del penal.

En este caso, el Poder Judicial consideró que la protesta de Pedro Castillo no alteró el orden interno, ni representó un riesgo para otros reclusos, ni supuso una obstrucción al funcionamiento regular del establecimiento. Por el contrario, la medida fue aplicada de forma automática y sin considerar el contexto o la motivación del acto.

La posición del Inpe y la verificación del Ministerio Público

El Inpe sostuvo que el aislamiento fue aplicado por razones de seguridad, ya que la protesta del expresidente generaba “intranquilidad” dentro del penal. Además, invocó normas internas que prohíben las huelgas de hambre como forma de presión.

No obstante, la Fiscalía intervino para verificar el estado de salud del exmandatario y, tras la evaluación correspondiente, no detectó riesgos inmediatos para su vida. Esto fue considerado por el juzgado como un indicio de que no existía necesidad urgente que justificara una medida de aislamiento tan drástica.

Pedro Castillo, expresidente - Fuente: Canal N

Antecedentes del caso y situación legal de Castillo

Pedro Castillo se encuentra en prisión preventiva desde diciembre de 2022, tras haber intentado cerrar el Congreso de la República mediante un mensaje a la Nación. Su intento fue considerado un autogolpe fallido y motivó su inmediata detención por parte de la Policía Nacional.

Actualmente, enfrenta un proceso penal por los delitos de rebelión y abuso de autoridad, por los cuales la Fiscalía ha solicitado 34 años de prisión. El juicio oral se encuentra en etapa preliminar, con diversas diligencias pendientes, incluyendo la recolección de testimonios y pericias.

Castillo se define como “presidente en cautiverio”

Durante su reclusión, Pedro Castillo ha mantenido una postura desafiante frente al sistema judicial. En la carta enviada a su familia y al “pueblo peruano”, como él mismo la dirigió, se autodenomina “presidente en cautiverio” y reitera su inocencia respecto a los cargos que enfrenta.

Asimismo, su defensa legal ha solicitado en reiteradas ocasiones la nulidad del proceso judicial, alegando violaciones al debido proceso y una presunta motivación política detrás de la acusación fiscal.

Pedro Castillo, expresidente, durante mensaje a la Nación - Fuente: Canal N

Implicancias del fallo judicial para otros casos

La decisión judicial que anula el castigo impuesto por el Inpe podría sentar un precedente importante en materia penitenciaria. Al reconocer el derecho a la protesta incluso en contextos de prisión preventiva, el fallo introduce un matiz relevante sobre la legitimidad de ciertas expresiones políticas dentro de los penales.

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