PJ rechaza pedido de arresto domiciliario para Alejandro Toledo
La Primera Sala Penal de Apelaciones de la Corte de Justicia Especializada rechazó en segunda instancia el pedido del expresidente Alejandro Toledo para sustituir la prisión efectiva que cumple en Barbadillo por arresto domiciliario. La solicitud invocaba la Ley N.º 32181, aprobada en diciembre de 2024, que permite a mayores de 80 años afrontar sus condenas bajo esa modalidad por razones humanitarias.
El recurso fue desestimado porque la condena de 20 años y 6 meses que Toledo recibió por el caso Interoceánica aún no está firme y se encuentra en apelación.
Argumentos de la defensa
La defensa alegó una interpretación errónea del artículo 22 del Código Penal, señalando que la norma no exige firmeza de la sentencia para aplicar el beneficio de arresto domiciliario.
Además, presentó razones humanitarias, como el estado de salud de Toledo, enfermedades crónicas y una sentencia previa del Tribunal Constitucional que ordenó su traslado a centros médicos.
También se sustentó que el exmandatario tiene un domicilio real acreditado desde 1997, apto para cumplir detención domiciliaria.
Fundamentos de la Sala Penal de Apelaciones
En su resolución, la sala precisó que “tratándose de una norma posterior a la emisión de la sentencia que sustenta el pedido de la defensa, será el órgano jurisdiccional de apelación que decida en el expediente principal, la modalidad de ejecución de la condena”.
Los magistrados indicaron que no corresponde a una vía incidental modificar la forma de ejecución de la pena, pues eso vulneraría el principio de independencia judicial.
Condición procesal de Toledo
El exmandatario fue sentenciado el 31 de julio de 2024 a 20 años y 6 meses de prisión por los delitos de colusión y lavado de activos en agravio del Estado. La condena fue dictada con ejecución provisional por su condición de procesado extraditado y con peligro de fuga.
Por ello, la Sala concluyó que no podía revertir la prisión efectiva a arresto domiciliario mientras esté pendiente la apelación principal.
Posición del Ministerio Público
El Ministerio Público se opuso a la solicitud, recordando que Toledo no tiene la condición de condenado firme sino de procesado con sentencia en primera instancia. Señaló además que enfrenta otros procesos en curso, entre ellos el caso Ecoteva, donde se solicitó 16 años de prisión por la compra de inmuebles con dinero ilícito.
También advirtió que conceder el beneficio vulneraría la ejecución provisional ya dispuesta por la justicia peruana tras su extradición.
Casos pendientes contra el expresidente
Alejandro Toledo también afronta procesos por los casos Ecoteva y otras investigaciones de lavado de activos y colusión.
Este jueves 3 de agosto, el Poder Judicial leerá la sentencia por Ecoteva, donde se le acusa de haber adquirido inmuebles con recursos provenientes de sobornos.
Estas causas se suman al proceso principal de la Interoceánica Sur, vinculado a Odebrecht, que ya derivó en una condena de 20 años y 6 meses.
Sentencia por colusión y lavado de activos
La condena de 2024 incluyó 9 años de prisión por colusión y 11 años y 6 meses por lavado de activos, sumando más de dos décadas de cárcel.
Se le halló responsable de haber recibido sobornos millonarios de Odebrecht para favorecerla en la concesión de los tramos II y III de la Carretera Interoceánica Sur.
Actualmente cumple dicha condena en el penal de Barbadillo, ubicado en el distrito limeño de Ate.
Decisión final de la Sala
En la resolución N.º 09, del 2 de setiembre de 2025, la Sala Penal de Apelaciones confirmó el fallo que había rechazado en mayo el pedido de arresto domiciliario.
El tribunal concluyó que “se trata de una improcedencia” y que el beneficio no corresponde aplicarse por la vía incidental mientras el expediente principal está pendiente de resolución en apelación.
De esta forma, Toledo continuará cumpliendo prisión efectiva en el penal Barbadillo del distrito de Ate.
La Primera Sala Penal de Apelaciones rechazó en segunda instancia el pedido del expresidente Alejandro Toledo para sustituir su condena de 20 años y 6 meses por arresto domiciliario. La defensa apeló a la Ley 32181, que permite ese beneficio a mayores de 80 años, pero la Sala señaló que la sentencia aún no está firme y solo el órgano de apelación puede decidir sobre su ejecución. Toledo seguirá en el penal de Barbadillo mientras espera el fallo del caso Ecoteva, donde afronta otra posible condena.