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PNP podrá investigar delitos por cuenta propia

Nuevo Decreto Legislativo N° 1605 permite a la Policía Nacional realizar diligencias de investigación del delito que sean urgentes o inaplazables

Foto: Andina. Video: Canal N

Gracias al Decreto Legislativo N° 1605, que modifica 30 artículos del Nuevo Código Procesal Penal -aprobado en el marco de las facultades legislativas otorgadas al Ejecutivo-, la Policía Nacional (PNP) podrá realizar, por iniciativa propia, las diligencias de investigación del delito que sean urgentes o inaplazables.

Con esta modificación, la PNP recuperará sus facultades para efectuar actos de investigación que formarán parte de las diligencias preliminares, permitiendo así optimizar y agilizar la investigación del delito.

LEVANTAMIENTO DEL SECRETO BANCARIO

Cabe precisar que esta facultad de investigación policial por propia iniciativa se realizará bajo la conducción jurídica del fiscal, permitiendo el trabajo articulado y dinámico entre el fiscal y la PNP, y respetando el ámbito funcional de cada uno de ellos. 

Asimismo, la norma indica que el Ministerio Público, bajo responsabilidad, remitirá a la PNP la disposición fiscal de inicio de diligencias preliminares en un plazo máximo de 24 horas, cuando se amenace la vida, la integridad o la libertad personal de la víctima.

El dispositivo también establece la intervención de las comunicaciones y el levantamiento del secreto bancario en los casos con carácter de emergencia y cuando se amenace inminentemente la vida, la integridad o la libertad personal de la víctima.

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