Aguinaldo por Navidad: Gobierno oficializa pago de S/300 para el sector público

Conoce aquí los requisitos para recibir el aguinaldo por Navidad

Aguinaldo por Navidad para el sector público. Foto referencial: Andina

El Gobierno, a través del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), oficializó el otorgamiento del aguinaldo de 300 soles por Navidad para los trabajadores del sector público, el cual se abonará en la planilla de pagos del mes de diciembre de este año.

A través del Decreto Supremo 349-2019-EF, publicado en las Normas Legales de El Peruano, se precisa que el aguinaldo navideño se otorgará a funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo 276, la Ley 29944 y la Ley 30512; los docentes universitarios de la Ley 30220, y el personal de la salud comprendido en el Decreto Legislativo 1153. 

Asimismo, a los obreros permanentes y eventuales del sector público, al personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, y los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley 15117, los decretos leyes 19846 y 20530, el Decreto Supremo 051-88-PCM y la Ley 28091. 

Los trabajadores contratados bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo 1057, en el marco de la Ley 29849, también percibirán el aguinaldo por Navidad.

Requisitos para recibir aguinaldo

Haber estado laborando al 30 de noviembre del presente año o en uso del descanso vacacional o de licencia con goce de remuneraciones, o percibiendo los subsidios referidos a la Ley 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud. 

Además, contar en el servicio con una antigüedad no menor de tres meses al 30 de noviembre. Si no contara con el referido tiempo, dicho beneficio se abona en forma proporcional a los meses laborados.

Magisterio

Para el caso del Magisterio Nacional, el aguinaldo se calcula de acuerdo con lo previsto en la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial, otorgándose a los docentes con jornada laboral completa un monto no menor al señalado en la Ley 30879.

Mientras que en el caso de los servidores comprendidos en regímenes de carrera propia que laboran a tiempo parcial o jornada laboral incompleta, el aguinaldo es de aplicación proporcional a su similar que labora a tiempo completo.

Andina

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