Caso Odebrecht: revocan prisión preventiva a 2 representantes de consorciadas
Poder Judicial además declaró inadmisible orden de arresto domicialiario contra un tercero
El Poder Judicial revocó el mandato de 18 meses de prisión preventiva contra los empresarios Fernando Martín Gonzalo Camet y José Fernando Castillo Dibós. El primero representante de la constructora JJ Camet Contratistas Generales SA y el segundo de ICCGSA.
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La Primera Sala Penal de Apelaciones Nacional declaró infundado el arresto domiciliario de Gonzalo Ferraro Rey, ex presidente ejecutivo de Graña y Montero. A los tres empresarios mencionados se les impuso comparecencia simple.
Como se recuerda, a inicios de diciembre del 2017, el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria dictó la prisión preventiva y arresto domiciliario, ellos se encuentran investigados por supuestamente conocer sobre los sobornos que realizó la constructora Odebrecht al entonces presidente Alejandro Toledo. Los pagos fueron para ganar las licitaciones para ejecutar los tramos 2 y 3 de la carretera Interoceánica.
En agosto de 2005, las constructoras mencionadas participaron y ganaron la licitación de los tramos de la Interoceánica sur en consorcio con Odebrecht.
En la audiencia de diciembre de 2017, se dictó prisión preventiva contra José Graña Miró Quesada (ex presidente del directorio de Graña y Montero), Hernando Alejandro Graña Acuña (ex director de Graña y Montero), Fernando Camet Piccone y José Castillo Dibós por el presunto delito de colusión. Además, la fiscalía acusó Camet Piccone, Castillo Dibós, Ferraro Rey y Hernando Alejandro Graña Acuña (ex director de Graña y Montero) por el presunto delito de lavado de activos.
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En el caso de Graña Miró Quesada y Graña Acuña apelaron la medida, pero el Poder Judicial declaró inadmisible el recurso que presentaron.