Centros comerciales: Lo que debes saber sobre la reapertura de este lunes 22 de junio

Conoce qué tener en cuenta al momento de acudir a los centros comerciales y qué actividades no estarán permitidas 

El Peruano. Foto: N

Los centros comerciales reabrirán sus puertas el lunes 22 de junio, confirmó un decreto supremo emitido por el Gobierno y publicado este jueves en el diario oficial El Peruano.

La norma no aplica en todas las ciudades y precisa qué estará permitido y qué no, además detalla el aforo máximo en cada centro comercial y cuál será el protocolo a seguir por parte de los usuarios.

¿En qué ciudades no reabrirán los centros comerciales?

La medida aplica a centros comerciales, conglomerados y tiendas por departamento a nivel nacional para la atención al público, a excepción de los departamentos de Ica, La Libertad, Arequipa, Huánuco, San Martín y las provincias de Casma, el Santa y Huaraz, en Áncash.

El decreto supremo dispone también la ampliación de actividades económicas en la fase 2 de reactivación, como parte de la declaratoria de emergencia sanitaria. Esta norma aplicará una vez que el Plan para la vigilancia, prevención y control del COVID-19 en el trabajo haya sido aprobado por el Minsa.

¿Qué estará permitido, qué no, y bajo qué protocolos?

El plan debe contener los protocolos y lineamientos enmarcados en estos puntos:

1. El aforo máximo permitido será del 50 % del total del establecimiento.

2. Los establecimientos de patios de comidas en centros comerciales solo podrán dar el servicio de entrega a domicilio con logística propia, o de terceros con recojo en tienda.

3. No se permitirá el ingreso de menores de edad a los mall.

4. No están comprendidos ni los cines ni las zonas recreativas en esta reapertura.

5. El uso de la mascarilla será obligatoria para todas las personas que ingresen a los locales. Proveedores, vendedores, compradores, entre otros.

6. Se deberán dar facilidades para el ingreso a los locales previo desinfectado de manos en distintas estaciones para tal fin.

7. El distanciamiento social se debe mantener por lo menos con un metro de separación.

Las autoridades sanitarias, gobiernos locales y la Sunafil serán las encargadas de realizar las acciones de supervisión y fiscalización necesarias.

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