Contraloría accederá al secreto bancario y reserva tributaria de funcionarios investigados

El contralor podrá solicitar el levantamiento del secreto bancario y la reserva tributaria, con el debido sustento y motivación. / Video: Canal N

Gerente de análisis de información de la Contraloría explicó que podrá ejercerse cuando haya indicios de que los funcionarios están involucrados en presuntas irregularidades vinculadas a la comisión de delitos de enriquecimiento ilícito en el uso o gestión de los bienes y fondos públicos y otros relacionados

La Contraloría podrá acceder al secreto bancario y la reserva tributaria de los funcionarios y servicios públicos que estén involucrados en presuntas irregularidades

El viernes pasado se promulgó una directiva significativa en el marco de la reforma constitucional de 2022 que modifica el artículo dos de la Constitución Política.  

La reciente reforma constitucional en Perú ha modificado el artículo dos de la Constitución, otorgando al Contralor General de la República la facultad de solicitar información bancaria y tributaria directamente, sin requerimiento fiscal o autorización judicial.

La nueva directiva permite que la Contraloría acceda a información financiera de funcionarios y servidores públicos que manejen fondos del Estado, incluyendo sus cuentas personales y las de posibles testaferros.  

Dicha potestad podrá ejercerse cuando haya indicios de que los funcionarios están involucrados en presuntas irregularidades vinculadas a la comisión de delitos de enriquecimiento ilícito en el uso o gestión de los bienes y fondos públicos y otros relacionados.

En tal sentido, la Contraloría puede solicitar esta información confidencial en el marco de una acción de control posterior de tipo forense. Para ello es indispensable contar con evidencia suficiente y apropiada sobre la presunta responsabilidad penal por enriquecimiento ilícito.  

En esos casos, el contralor podrá solicitar el levantamiento del secreto bancario y la reserva tributaria, con el debido sustento y motivación. Para ello deberá dirigir un oficio a las entidades bancarias o a los órganos respectivos de la administración tributaria. Estos tendrán diez días hábiles de plazo para atender el pedido. 

¿Se podrá levantar el secreto bancario de la presidenta Dina Boluarte?

En diálogo con Canal N, Jeniffer Pérez, gerente de análisis de información de la Contraloría, precisó no se podrá levantar el secreto bancario de la presidenta Dina Boluarte

De acuerdo con la norma, mencionó que en el caso particular de la mandataria el pedido alcanza a los que manejan fondos públicos que sería el secretario general del despacho presidencial.

“El titular del pliego corresponde al secretario general del despacho presidencial. En este caso particular, la atribución que tiene el contralor general es solamente con los que tienen fondos públicos”, precisó.

“Se hizo sobre la señora presidenta, en su momento, una evaluación de sus declaraciones juradas que se emitió en el 2022, pero en ese año solo se analizó un año. Esta nueva evaluación que se está abarcando se está incluyendo hasta el cierre del periodo 2023 donde tenemos más información respecto a mayores declaraciones juradores”, continuó.

Caso Wilfredo Oscorima y Werner Salcedo

La gerente de análisis de información de la Contraloría indicó que en el caso de ambos gobernadores regionales se ha iniciado el trabajo de las declaraciones juradas recibiendo información por parte de los auditados. 

Subrayó que si no se transparentó la información se determinará la necesidad de poder solicitar el levantamiento del secreto bancario que lo decidirá la comisión de control. Acotó que la norma si alcanza para tanto para los gobernadores y alcaldes. 

“Estamos terminando el análisis de estas declaraciones juradas. La comisión de control, en el marco de su autonomía termine la acción de control determinará si existiendo un presunto incremento patrimonial que no esté justificado se activará este mecanismo”, apuntó.

Cuentas públicas de Patricia Benavides 

En el caso de la suspendida fiscal de la Nación, Patricia Benavides, comentó no se tiene una acción de control en curso. 

Con respecto a sus declaraciones juradas, dijo que “ya hubo un servicio anterior que en su momento ha sido comunicado a las autoridades competentes”.

“En este caso si tenemos que advertir que está sujeto a la reserva de control, ya en su momento ha tenido una verificación por parte de la Contraloría”, agregó.

Congresistas 

Para los congresistas, Jeniffer Pérez, indicó que a partir de estar herramienta va a permitir a la Contraloría analizar de manera más integral estos casos.  

“Evidentemente eso va a requerir que en el marco de una denuncia ante el Ministerio Público se puedan activar otro tipo de mecanismos”, manifestó. 

Este mecanismo busca hacer más efectivo el control forense y la vigilancia sobre el patrimonio de los responsables de administrar recursos públicos, permitiendo una trazabilidad más completa de las operaciones financieras y combatiendo así prácticas corruptas. 

Incumplir con ello dará lugar a las responsabilidades administrativas y penales correspondientes. Para que esto pueda darse de manera efectivamente confidencial y protegida, se viene implementando un aplicativo informático para el requerimiento y la recepción de la información solicitada.  

Cuando esta plataforma se encuentre operativa, las entidades financieras deberán acreditar a un Oficial de Cumplimiento al cual se le asignará un usuario y contraseña para acceder al sistema.   

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