Disponen que Reniec inscriba matrimonio entre dos personas del mismo sexo
La Corte Superior de Justicia de Lima declaró fundada la demanda de una ciudadana y anuló la resolución administrativa del registro nacional
El Cuarto Juzgado Constitucional de Lima ordenó al Reniec proceder con la inscripción del acta de matrimonio de dos personas del mismo sexo, luego que una ciudadana presentara una demanda por violación de sus derechos constitucionales respecto a la igualdad, no discriminación, libre desarrollo de la personalidad, debida motivación, entre otros.
"Por tanto, es necesario, en este caso concreto, inaplicar el Código Civil, art. 234, por inconstitucional y anticonvencional, dado su carácter de norma legal que genera desigualdad en el acceso al matrimonio y discriminación contra las personas LGBTI+", se indicó en parte de la resolución.
EL CASO
Según informó el Poder Judicial, el caso surgió luego que la demandante contrajera matrimonio con su pareja el 8 de marzo de 2019 de acuerdo al ordenamiento jurídico argentino, y al poco tiempo solicitara la inscripción ante el Consulado peruano en la ciudad de Rosario, la cual fue denegada en primera instancia administrativa.
A esta situación se sumó que, en la vía de apelación la oficina central de Reniec en Lima también ratificó su negativa a reconocer el matrimonio entre ambas personas del mismo sexo en última instancia.
En sus fundamentos, la Corte Superior de Justicia de Lima detalló también que el matrimonio igualitario, no es otra cosa que la garantía vigente y efectiva del derecho a la igualdad de las personas LGBTI+, "y no hay justificación alguna para considerar que los mismos derechos reconocidos a las personas heterosexuales no puedan ser ejercidos por las personas LGBTI+".
"NO ESTÁ CREANDO UN NUEVO DERECHO"
Finalmente, el Poder Judicial indicó que, respecto a este caso en particular, esta sentencia constitucional no está creando o reconociendo un nuevo derecho, ya que el derecho a la igualdad existe tanto en el derecho nacional como internacional.