Ejecutivo publica ley que regula el recuento de votos
La norma restablece este mecanismo tras más de 60 años y establece reglas para casos con actas observadas.

El Poder Ejecutivo oficializó la Ley N.º 32299, que modifica la Ley Orgánica de Elecciones para regular el recuento de votos en el país.
Esta norma, publicada en el diario oficial El Peruano, establece un procedimiento que podrá aplicarse en casos excepcionales, cuando las actas electorales presenten observaciones que no puedan resolverse documentalmente.
La norma restablece el mecanismo de recuento de votos después de más de seis décadas. El procedimiento solo podrá aplicarse por única vez y bajo decisión inimpugnable de los Jurados Electorales Especiales (JEE), si detectan que no es posible resolver la observación del acta con su propio ejemplar.
La ley modifica artículos clave de la Ley 26859, Ley Orgánica de Elecciones, específicamente los artículos 284, 297, 300, 301, 310 y 363.
De acuerdo con la disposición, la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE) deberá remitir el sobre lacrado con las cédulas al JEE en el mismo día, garantizando la cadena de custodia.
La audiencia de recuento será pública, única e ininterrumpida, con presencia obligatoria de personeros acreditados de las organizaciones políticas involucradas, así como de un representante del Ministerio Público.
El presidente de la Comisión de Constitución, Fernando Rospigliosi (FP), sostuvo que esta medida busca evitar que se eliminen actas por errores materiales, lo que en el pasado afectó la voluntad de los electores. “Esta iniciativa contribuirá en la mejora de los estándares de seguridad y transparencia del proceso electoral”, expresó.