Ejecutivo publicó decreto para garantizar acceso a medicamentos contra el COVID-19

El Ministerio de Salud tiene tres días, contados desde la vigencia de la presente norma, para aprobar el listado de los referidos bienes esenciales

Coronavirus en Perú. Canal N / Foto: Andina

El Ejecutivo declaró a los medicamentos, dispositivos médicos, equipos de bioseguridad y otros para el manejo y tratamiento del coronavirus como bienes esenciales en el marco del estado de emergencia sanitaria.

Según la norma publicada hoy en el diario oficial El Peruano, el decreto de urgencia N°059-2020 indica que, el Ministerio de Salud (Minsa) tiene tres días, contados desde la vigencia de la presente norma, para aprobar el listado de los referidos bienes esenciales.

Dispone que todos los laboratorios, droguerías, farmacias y boticas, farmacias de establecimientos de salud públicos y privados deben suministrar los datos sobre el stock disponible y los precios de venta de los bienes incluidos en el listado de estos bienes esenciales.

El Ministerio de Salud, a través del Observatorio de Productos Peruanos Farmacéuticos en su versión web y/o móvil, publica los precios de los productos disponibles informados por todos los establecimientos farmacéuticos públicos y privados.

Los medicamentos que refiere la norma deberán estar disponibles en todas las farmacias y boticas a nivel nacional. A todos los estabelecimientos que no cuenten con el stock establecido serán sancionados con una multa de hasta S/8600.

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