Exoneran penalmente a militares en estados de emergencia

Foto: Mindef -Video: Canal N

La norma incorpora el criterio de previsibilidad y permite intervención preventiva de las Fuerzas Armadas antes de que la Policía Nacional sea superada en su capacidad operativa.

El Gobierno oficializó un decreto que modifica la intervención de las Fuerzas Armadas en estados de emergencia y establece que el personal militar quedará exento de responsabilidad penal en el uso de la fuerza.

La norma fue publicada el 2 de abril mediante un Decreto Supremo que redefine el despliegue militar en apoyo a la Policía Nacional del Perú en zonas declaradas bajo estados de emergencia.

Captura: Canal N

Modificaciones en estados de emergencia para uso de la fuerza

El decreto introduce cambios en el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1095. Este ajuste busca optimizar los niveles de comando y las reglas de empleo de la fuerza.

Las Fuerzas Armadas podrán intervenir en apoyo a la Policía Nacional del Perú. Esto se aplicará en zonas declaradas en estados de emergencia.

El objetivo es fortalecer el control del orden interno. La medida también apunta a reforzar la seguridad nacional.

Exención de responsabilidad penal para personal militar

El decreto establece que el personal militar queda exento de responsabilidad penal cuando actúe en cumplimiento de su deber. Esta disposición está vinculada al uso de la fuerza.

La norma precisa que esta exención se rige por el artículo 20 del Código Penal. También se basa en el Decreto Legislativo Nº 1095 y sus modificaciones.

Asimismo, se indica que la medida aplica cuando el uso de la fuerza se realice conforme al reglamento vigente. El marco legal respalda la actuación del personal militar.

Fuente: El Peruano

Criterio de previsibilidad en estados de emergencia

El decreto incorpora el criterio de “previsibilidad” en la intervención militar. Esto permite actuar antes de que la Policía Nacional sea superada.

La norma establece que la intervención puede darse ante un riesgo inminente. Este criterio amplía la capacidad de respuesta en estados de emergencia.

Especialistas han advertido que este concepto puede generar interpretaciones. Señalan que su aplicación requiere límites claros.

Ámbito de intervención de las Fuerzas Armadas

Las Fuerzas Armadas podrán intervenir en casos como tráfico ilícito de drogas, terrorismo y minería ilegal. También se contempla la protección de servicios públicos esenciales.

La norma incluye la defensa de activos críticos nacionales e instalaciones estratégicas. Estas acciones se realizarán en estados de emergencia.

Además, se prevén intervenciones en situaciones de peligro para la población. Estas deberán respetar el marco del Derecho Internacional de los Derechos Humanos.

Estructura de mando y planificación operativa

El decreto precisa la cadena de mando en las operaciones militares. El Ministro de Defensa aprueba los lineamientos generales.

El Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas aprueba el Plan Estratégico Conjunto. También se establecen responsabilidades en niveles operacionales.

Los comandantes operacionales y tácticos aprueban planes de campaña y órdenes. Esta estructura organiza la ejecución en estados de emergencia.

Cambios en el sector Defensa

El Ejecutivo oficializó la renuncia de Adolfo Jorge Herrera Orlandini. Esta decisión se formalizó mediante resolución suprema.

Asimismo, se designó a Jorge Román Bustamante Albújar como nuevo Viceministro de Recursos para la Defensa. Se verificó el cumplimiento de requisitos legales.

Estas disposiciones forman parte de la reorganización del sector. Se enmarcan en medidas adoptadas en abril de 2026.

Otras disposiciones del Ejecutivo

El Ministerio de Cultura dispuso la notificación en lenguas indígenas. Esta medida alcanza a 1,228 distritos del país.

Se incluyen lenguas como yaminahua, yanesha y yine. La acción responde al Mapa Etnolingüístico del Perú.

El Viceministerio de Interculturalidad estará a cargo de la implementación. Esta disposición busca ampliar el acceso a información oficial.

El Ejecutivo publicó un decreto que modifica la intervención de las Fuerzas Armadas en estados de emergencia, estableciendo la exención de responsabilidad penal para el personal militar en el uso de la fuerza. La norma incorpora el criterio de previsibilidad, que permite acciones preventivas antes de que la Policía sea superada. También define ámbitos de intervención en casos como terrorismo, minería ilegal y protección de servicios esenciales. Se precisan niveles de mando y planificación operativa. Además, se oficializó la designación de un nuevo viceministro en el sector Defensa y se dispusieron medidas de comunicación en lenguas indígenas.

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