Feminicidios: Aprueban reglamento para otorgar asistencia económica a víctimas indirectas

Familiares recibirán S/600 bimestrales para alimentación, educación, salud física y mental, entre otros

Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Foto: Andina

El Gobierno publicó el Decreto Supremo N° 001-2020-MIMP que aprueba el reglamento del Decreto de Urgencia N° 005-2020, que establece una asistencia económica para las víctimas indirectas de feminicidio.

El objetivo de esta norma es contribuir a la protección social y el desarrollo integral de las víctimas indirectas de feminicidio, siendo estas toda niña, niño y/o adolescente que haya perdido a su madre.

Así como las personas con discapacidad moderada o severa que hayan dependido económicamente y estado bajo el cuidado de la víctima de feminicidio.

Las personas beneficiarias recibirán un importe de S/600 el cual será otorgado de forma bimestral y, no podrá exceder de la suma de tres asistencias económicas bimestrales (S/1800), aun cuando existan varias personas beneficiarias de una misma víctima de feminicidio.

El monto asignado está destinado para fines de alimentación, educación, salud física y mental, terapias de recuperación u otros asociados a la protección social y desarrollo integral de las personas.

La solicitud se presenta ante el Programa Nacional AURORA con la documentación que acredite cumplir con los requisitos. Puede solicitarla la víctima indirecta de feminicidio, los familiares, apoyos designados o representantes legales de los posibles beneficiarios, autoridades administrativas o judiciales competentes.

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