Fiscalía realiza diligencia en Defensoría por caso Gino Ríos
El Ministerio Público recaba información sobre el proceso de selección de Gino Ríos a la Junta Nacional de Justicia tras revelarse una sentencia por violencia familiar

Representantes del Ministerio Público acudieron este martes 22 de julio a la sede de la Defensoría del Pueblo para recabar información relacionada con la designación de Gino Ríos como miembro de la Junta Nacional de Justicia (JNJ).
La diligencia se realiza luego de que el programa “Cuarto Poder” informara sobre una sentencia emitida en mayo de 2011 por el Primer Juzgado Transitorio Especializado de Familia de La Molina y Cieneguilla, en la que se determinó la existencia de maltrato psicológico en agravio de la excónyuge de Ríos. Según el reportaje, Ríos no apeló el fallo y lo aceptó.
Fiscalía recaba documentación del proceso de selección
Las acciones están a cargo del Área de Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales de la Fiscalía de la Nación. Esta oficina tiene como objetivo reunir información documental del proceso de selección mediante el cual Gino Ríos fue elegido como integrante de la Junta Nacional de Justicia.
Durante las entrevistas realizadas a los postulantes, no se abordó la sentencia mencionada, de acuerdo con el contenido difundido por el programa dominical.
Pedido de vacancia y separación por parte de congresistas
Tras conocerse la existencia de la sentencia, los congresistas Héctor Acuña (Honor y Democracia) y Susel Paredes (Bloque Democrático) enviaron un oficio a la vicepresidenta de la JNJ, María Teresa Cabrera, solicitando que se disponga la separación del presidente de la Junta y se inicie el proceso de vacancia correspondiente.
En el documento, los legisladores citaron el artículo 11 de la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia, que establece el impedimento para ser elegido como miembro si se tiene sentencia consentida o ejecutoriada por delito doloso o por violencia contra mujeres, niños, niñas o adolescentes.
Asimismo, mencionaron que el artículo 18 de la misma norma contempla la vacancia del cargo cuando existe resolución judicial firme condenatoria por delito común o por violencia contra integrantes del grupo familiar.