Gobierno autoriza uso de pistolas eléctricas a serenos
El Ejecutivo modificó la ley del serenazgo y permitirá que serenos municipales usen pistolas eléctricas con cámara corporal

El Gobierno peruano autorizó el uso de pistolas eléctricas por parte de los serenos municipales a nivel nacional. La medida fue oficializada mediante el Decreto Supremo N.º 015-2025-IN, que modifica la Ley del Servicio de Serenazgo Municipal.
Pistolas eléctricas condicionadas al uso de cámaras corporales
La norma establece que el uso de pistolas de electrochoque está permitido únicamente para personal que lleve cámaras corporales que registren de forma continua su labor. Además, el personal deberá aprobar evaluaciones físicas y psicológicas para estar habilitado en su uso.
El decreto clasifica estos dispositivos como medios de defensa no letales, cuyo uso quedará sujeto a requisitos técnicos y de control.
Capacitación y participación de la Policía Nacional
Los Centros de Capacitación de Serenos deberán ofrecer formación básica, especializada y continua, incluyendo entrenamiento con simuladores y en polígonos de tiro. Mientras las municipalidades no cuenten con centros certificados, la Policía Nacional del Perú (PNP) podrá participar en la formación del personal.
El Ministerio del Interior tiene entre 60 y 90 días para aprobar el manual de lineamientos, las características técnicas de las cámaras corporales y la adecuación del marco normativo sobre uso de la fuerza.
Responsabilidad municipal y filtros para contratación
Las municipalidades serán responsables de implementar esta disposición con sus propios recursos. Esto incluye la compra de equipos, la capacitación del personal autorizado y el control del uso del armamento.
La norma también prohíbe contratar como serenos a personas con antecedentes penales o judiciales, disposición que será obligatoria para todos los gobiernos locales.








