Gobierno prohíbe circulación de dos personas en una sola moto
Gobierno prohíbe pasajeros en motos en Lima y Callao como parte del estado de emergencia

El Gobierno oficializó este domingo una serie de restricciones para vehículos menores de las categorías L1 y L3, que incluyen a motocicletas, en Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao. Esta medida se enmarca dentro de la prórroga del Estado de Emergencia por 30 días en ambas jurisdicciones, con el fin de reforzar el orden interno.
De acuerdo con el Decreto Supremo publicado, estos vehículos solo podrán circular con el conductor a bordo, quedando prohibido el traslado de pasajeros. Además, se impide el uso de cualquier objeto que oculte el rostro del conductor, a excepción del casco reglamentario que exige la normativa vigente.
Supervisión estará a cargo de la Policía Nacional
La norma señala que la Policía Nacional, con el respaldo de las Fuerzas Armadas, será la entidad responsable de supervisar el cumplimiento de esta disposición. Ambas instituciones podrán intervenir a quienes infrinjan esta medida o presenten indicios de haber participado en actos delictivos.
La restricción también contempla la suspensión de derechos constitucionales, conforme al artículo 137 de la Carta Magna. Se incluyen limitaciones relacionadas con la inviolabilidad del domicilio, la libertad de tránsito, el derecho a reunión y la seguridad personal.

Excepciones para vehículos de emergencia y seguridad
El Decreto Supremo precisa que los vehículos menores utilizados por personal de seguridad pública o servicios de emergencia quedan exceptuados de estas restricciones, siempre que se encuentren cumpliendo funciones oficiales.
Estas disposiciones estarán vigentes mientras dure el Estado de Emergencia, como parte de las acciones del Gobierno para preservar el orden público y prevenir hechos delictivos.