JNE fija plazo para renuncia de autoridades a elecciones 2026

El Jurado Nacional de Elecciones determinó que las renuncias de altos funcionarios, alcaldes y gobernadores que deseen participar en los comicios de 2026 deben ser presentadas hasta el 13 de octubre de 2025.

Foto: Andina - Video: Canal N

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) ha fijado nuevas directrices para las autoridades que planean postularse a las elecciones generales de 2026.

A través de la Resolución N° 0110-2025-JNE, publicada en el boletín de Normas Legales del diario El Peruano, el organismo ha establecido que todos los altos funcionarios, gobernadores, alcaldes, y miembros de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional que deseen ser candidatos deberán presentar su renuncia a más tardar el 13 de octubre de 2025.

Además, aquellos funcionarios que opten por una licencia sin goce de haber deben hacerlo a partir del 11 de febrero de 2026.

De acuerdo con la normativa, el JNE ha precisado las fechas límite para las renuncias de autoridades y altos funcionarios, así como para la solicitud de licencias de los trabajadores y funcionarios del Estado que aspiren a un cargo público en los próximos comicios. El objetivo de esta resolución es garantizar que los partidos políticos y organizaciones electoreras sigan los procedimientos establecidos para la inscripción de candidatos, evitando contratiempos en el proceso electoral.

La medida establece que la renuncia de altos funcionarios, como ministros, viceministros, presidentes y otros cargos de alta jerarquía, debe ser presentada ante el Congreso de la República, mientras que otros funcionarios podrán presentar su renuncia en la entidad pública correspondiente. Este trámite debe realizarse ante el Jurado Electoral Especial (JEE) cuando la organización política registre la candidatura.

En el caso de los gobernadores y vicegobernadores regionales, así como los alcaldes, se ha fijado también el 13 de octubre como fecha límite para renunciar a sus cargos. Los gobernadores deberán presentar su renuncia ante el consejo regional correspondiente, mientras que los alcaldes lo harán ante el concejo municipal. En ambos casos, las solicitudes de renuncia deben ser enviadas también a la Mesa de Partes Virtual del JNE.

Por otro lado, aquellos que no ocupen cargos de elección popular pero que sean trabajadores del Estado, deberán solicitar una licencia sin goce de haber a partir del 11 de febrero de 2026, conforme a la Ley Orgánica de Elecciones.

Con estas disposiciones, el JNE busca garantizar que los candidatos que participen en las elecciones de 2026 lo hagan en cumplimiento con las normativas legales y en pleno respeto al proceso electoral.

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