JNJ mantiene suspensión preventiva contra Delia Espinoza

La Junta Nacional de Justicia resolvió mantener vigente la suspensión provisional de Delia Espinoza, a pesar del fallo que ordenaba su reposición como fiscal de la Nación.
La Junta Nacional de Justicia (JNJ) resolvió mantener la suspensión preventiva impuesta a Delia Espinoza, a pesar de una orden judicial que solicitaba su reposición provisional como fiscal de la Nación. La decisión fue adoptada de manera unánime por los miembros del pleno en sesión extraordinaria del 14 de octubre de 2025, formalizada en la Resolución N.º 163-2025-PLENO-JNJ.
Esta resolución constituye la respuesta formal al mandato emitido por el Noveno Juzgado Constitucional de Lima, que el pasado 13 de octubre declaró fundada una medida cautelar innovativa a favor de Espinoza. El Poder Judicial había ordenado dejar sin efecto la suspensión dictada previamente por la JNJ, así como cualquier procedimiento derivado de esa decisión.

Acatamiento parcial del fallo judicial
La JNJ acató parcialmente el mandato judicial al suspender dos de sus actuaciones previas: el artículo tercero de la Resolución N.º 231-2025-JNJ y el procedimiento disciplinario N.º 061-2025-JNJ, este último únicamente en lo relacionado con los cargos derivados de la defensa ejercida por Espinoza.
Sin embargo, la medida cautelar de suspensión preventiva dictada mediante Resolución N.º 143-2025-PLENO-JNJ continúa vigente.
Esta suspensión fue impuesta el 19 de septiembre de 2025 y tiene una duración de seis meses. El acuerdo judicial no ordena su levantamiento explícito, por lo cual la JNJ sostiene que dicha medida se mantiene en ejecución mientras dure su vigencia.

Argumentos de la Junta Nacional de Justicia
En su resolución, la JNJ fundamenta su decisión en el principio de legalidad y en la obligación de acatar las decisiones judiciales, conforme al artículo 4 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
A la vez, reitera que su actuación debe ajustarse a las competencias asignadas por la Ley Orgánica de la JNJ (Ley N.º 30916).
El pleno de la entidad también precisó que no tiene competencia funcional para declarar la vigencia del Acuerdo N.º 6579-2024 de la Junta de Fiscales Supremos, ni de la Resolución N.º 058-2024-MP-FN-JFS, actos mediante los cuales se designó a Espinoza como fiscal de la Nación.

¿Cuáles fueron las decisiones de la JNJ?
La resolución adoptada por la JNJ consta de cinco artículos principales. El primero suspende provisionalmente el artículo tercero de la Resolución N.º 231-2025-JNJ, que ordenaba reponer a Patricia Benavides en el cargo de fiscal de la Nación.
El segundo establece la falta de competencia para pronunciarse sobre la vigencia del acuerdo de la Junta de Fiscales Supremos.
El tercer artículo suspende parcialmente el procedimiento disciplinario contra Espinoza. El cuarto dispone informar a la Procuraduría Pública de la JNJ y el quinto comunica la decisión a la Fiscalía de la Nación y a la Junta de Fiscales Supremos.

Controversia sobre competencias institucionales
Uno de los ejes centrales del caso es la definición de competencias entre la JNJ y la Junta de Fiscales Supremos.
Mientras Espinoza invoca el marco constitucional que otorga a esta última la facultad exclusiva para designar al fiscal de la Nación, la JNJ alega que su función disciplinaria le permite suspender a fiscales que enfrenten procedimientos administrativos.
El Poder Judicial, por su parte, no resolvió el fondo de esta controversia, pero sí dictó una medida cautelar para evitar eventuales vulneraciones de derechos en tanto se resuelve el proceso principal de amparo.
Resolución judicial y contexto previo
El 13 de octubre, el Noveno Juzgado Constitucional de Lima declaró fundada la medida cautelar interpuesta por Espinoza en el marco de un proceso de amparo.
En la resolución se estableció que la demandante debía continuar ejerciendo sus funciones como fiscal de la Nación. También se ordenó suspender cualquier procedimiento disciplinario relacionado con el artículo tercero de la Resolución N.º 231-2025-JNJ.
El fallo judicial otorgó cinco días a la JNJ para cumplir con la orden, bajo apercibimiento legal. El documento especificó que la resolución administrativa previa debía quedar sin efecto.
Argumentos de Espinoza ante el Poder Judicial
En la audiencia, Espinoza argumentó que la JNJ no tiene atribución legal para designar o cesar al fiscal de la Nación, función que corresponde exclusivamente a la Junta de Fiscales Supremos según el artículo 158 de la Constitución.
También denunció supuestas contradicciones en la notificación de las resoluciones emitidas por la JNJ.
La magistrada sostuvo que acatar las órdenes de la JNJ la habría expuesto a una eventual denuncia constitucional ante el Congreso, lo cual motivó su recurso de amparo ante el Poder Judicial.
Situación legal actual de Espinoza
Con la Resolución N.º 163-2025-PLENO-JNJ, Delia Espinoza continúa suspendida provisionalmente en el ejercicio de sus funciones como fiscal suprema, lo que en la práctica también impide su desempeño como fiscal de la Nación.
La JNJ ha formalizado su decisión de acatar parcialmente el mandato judicial sin reintegrarla al cargo, a la espera de un pronunciamiento definitivo del Poder Judicial.
La Junta Nacional de Justicia emitió la Resolución N.º 163-2025-PLENO-JNJ para acatar parcialmente una orden judicial que favorece a Delia Espinoza. Aunque suspendió resoluciones previas y un procedimiento disciplinario, mantuvo vigente la suspensión preventiva impuesta en septiembre. La JNJ también declaró que no tiene competencia sobre la designación de fiscales de la Nación. Esta medida se adopta mientras continúa en trámite un proceso de amparo iniciado por Espinoza, quien alega que la JNJ no puede cesarla del cargo. La controversia sobre competencias entre la JNJ y la Junta de Fiscales Supremos sigue sin resolverse.