Delia Espinoza: PJ ordena que reponerla como fiscal de la Nación

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La Corte Superior de Justicia de Lima declaró fundada una medida cautelar que suspende el proceso disciplinario abierto por la JNJ contra Delia Espinoza.

El Poder Judicial ordenó la reposición de Delia Espinoza como fiscal de la Nación, tras declarar fundada la medida cautelar presentada por la propia magistrada. La resolución del Noveno Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima dejó sin efecto la suspensión que había dispuesto la Junta Nacional de Justicia (JNJ) en su contra en el marco de un proceso disciplinario.

La jueza encargada del caso resolvió suspender provisionalmente los efectos de la resolución 231-2025-JNJ, así como del proceso disciplinario que dio origen a la sanción. La JNJ tiene un plazo de cinco días desde la notificación para cumplir con el mandato judicial y expedir la resolución administrativa correspondiente.

Fuente: Andina

Decisión judicial en el marco del proceso de amparo

La reposición de Delia Espinoza fue ordenada en el contexto de una demanda de amparo que cuestiona la constitucionalidad de la medida de la JNJ.

El Poder Judicial consideró que se cumplían los requisitos legales establecidos para dictar la medida cautelar solicitada, conforme al Código Procesal Constitucional y el Código Procesal Civil.

En la resolución se establece expresamente que la demandante debe continuar ejerciendo sus funciones como fiscal de la Nación, con base en la vigencia del acuerdo de la Junta de Fiscales Supremos que formalizó su designación.

El mandato judicial también dispone la suspensión de cualquier procedimiento disciplinario derivado de ese mismo proceso.

Fuente: Canal N

Argumentos de la magistrada ante la suspensión

Tras ser suspendida el 19 de septiembre, Delia Espinoza interpuso una acción de amparo contra la decisión de la JNJ.

En la audiencia, sostuvo que la Junta carece de competencia para designar o retirar al fiscal de la Nación, función que según el artículo 158 de la Constitución corresponde exclusivamente a la Junta de Fiscales Supremos.

Espinoza argumentó que la decisión de la JNJ configuraba una “trampa jurídica”, ya que acatarla o no podría exponerla a una denuncia constitucional por parte del Congreso.

También denunció actos de coacción y supuestas contradicciones en la notificación oficial de las resoluciones que pretendían reponer a su antecesora, Liz Patricia Benavides.

Contenido de la resolución judicial

La resolución del Poder Judicial señala que se aprecia la concurrencia de los presupuestos para otorgar la medida cautelar. De manera específica, se ordena la suspensión provisional del artículo 3° de la Resolución N.º 231-2025-JNJ y se reafirma la vigencia de la designación de Espinoza por parte de la Junta de Fiscales Supremos.

Asimismo, se requiere a la JNJ cumplir con el mandato judicial dentro del plazo establecido. En caso contrario, la entidad incurriría en desacato, conforme a lo dispuesto por la ley. El documento también indica que la resolución administrativa que ejecuta la suspensión debe quedar sin efecto.

Antecedentes del proceso disciplinario

La JNJ abrió un procedimiento disciplinario contra Delia Espinoza el 15 de septiembre de 2025. Entre los motivos se mencionó su presunta negativa de acatar resoluciones anteriores de la propia Junta, en particular la reincorporación de Patricia Benavides como fiscal de la Nación. La medida cautelar aplicada fue por seis meses.

La resolución señalaba que la suspensión buscaba garantizar la continuidad del proceso disciplinario sin interferencias. Espinoza fue apartada también de sus funciones como fiscal suprema, en cumplimiento de lo dispuesto por el reglamento de la JNJ.

Fuente: Andina

Argumentos de la Junta Nacional de Justicia

La JNJ argumentó que la medida era necesaria para preservar el principio de legalidad y el correcto desarrollo del proceso.

En su resolución, invocó supuestos incumplimientos de deberes funcionales por parte de Espinoza, incluyendo la defensa del orden jurídico, el cumplimiento de resoluciones y la conducta esperada en el ejercicio de sus funciones.

El proceso no implicaba una sanción definitiva, pero sí una suspensión temporal mientras se desarrollaban las investigaciones. La decisión fue tomada por el pleno de la JNJ y comunicada mediante oficio firmado por su presidente.

Posiciones sobre la competencia institucional

Uno de los puntos centrales del caso gira en torno a la interpretación del artículo 158 de la Constitución. Espinoza sostiene que únicamente la Junta de Fiscales Supremos tiene la atribución para designar y cesar al fiscal de la Nación.

La JNJ, por su parte, considera que sus facultades disciplinarias incluyen la suspensión de funcionarios del Ministerio Público.

El conflicto ha generado cuestionamientos sobre los límites institucionales entre ambas entidades. La resolución del Poder Judicial no entra en el fondo del debate constitucional, pero otorga una medida provisional hasta que se resuelva el amparo.

Plazos y efectos de la medida judicial

La reposición ordenada tiene carácter provisional y estará vigente mientras se resuelve la demanda principal de amparo.

La JNJ deberá emitir una resolución administrativa que formalice el cumplimiento del mandato, bajo apercibimiento legal. La medida podría ser apelada por la entidad en las instancias superiores.

Con esta decisión, Espinoza queda habilitada para retomar sus funciones como fiscal de la Nación en el plazo inmediato, a la espera del pronunciamiento final del Poder Judicial sobre el fondo del proceso.

El Poder Judicial declaró fundada una medida cautelar presentada por Delia Espinoza y ordenó su reposición como fiscal de la Nación. La Corte Superior de Justicia de Lima suspendió los efectos de la resolución emitida por la Junta Nacional de Justicia, que en septiembre la apartó del cargo por seis meses en el marco de un proceso disciplinario. La medida también suspende dicho proceso y ordena a la JNJ cumplir con el mandato judicial en un plazo de cinco días. La decisión se enmarca en una demanda de amparo interpuesta por Espinoza para cuestionar la competencia de la JNJ.

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