JNJ rechaza pedido del Colegio de Abogados de Lima para suspender a cinco de sus miembros

La institución señaló además que los miembros de la JNJ involucrados en el procedimiento disciplinario no pertenecerían actualmente al Colegio de Abogados de Lima, debido a que presentaron su renuncia expresa
La Junta Nacional de Justicia (JNJ) rechazó la pretensión del Colegio de Abogados de Lima (CAL) de suspender provisionalmente por seis meses la habilitación para ejercer la abogacía de cinco integrantes de la institución.
Según la JNJ, el gremio de abogados carece de competencia para interferir en el ejercicio de las funciones constitucionales que corresponden a sus integrantes.
La institución señaló además que los miembros de la JNJ involucrados en el procedimiento disciplinario no pertenecerían actualmente al Colegio de Abogados de Lima, debido a que presentaron su renuncia expresa.
De acuerdo con la JNJ, las renuncias se produjeron como consecuencia del desacuerdo de los magistrados con lo que consideraron una orientación de carácter político y no gremial por parte del colegio profesional.
Renuncias fueron ejercidas al amparo del derecho constitucional de desafiliación
La Junta sostuvo que las renuncias fueron ejercidas al amparo del derecho constitucional de desafiliación. Sin embargo, indicó que el Colegio de Abogados de Lima no habría aceptado dichas solicitudes, situación que —según argumentó— vulneraría derechos fundamentales como la libertad de expresión y el derecho de asociación.
La controversia se produce en el marco del procedimiento disciplinario iniciado contra integrantes de la JNJ y del enfrentamiento institucional respecto a las competencias que corresponden al colegio profesional frente a funcionarios que ejercen cargos constitucionales.








