José Tello: Candidatos pueden postular con sentencia, pero omitir información los excluye

El especialista explicó que otras inconsistencias en la declaración jurada pueden generar multas económicas. Sin embargo, si se detecta falsedad o inexactitud, el caso puede ser derivado al Ministerio Público por un posible delito contra la fe pública
El abogado experto en temas electorales, José Tello, señaló en Canal N que no existe impedimento legal para que una persona con sentencia postule a un cargo público, siempre que esta esté ejecutada y no tenga procesos pendientes.
Indicó que incluso en casos de pena suspendida o reserva de fallo condenatorio, la información debe ser consignada en la declaración jurada de hoja de vida.
Tello precisó que la normativa electoral sanciona la omisión de sentencias condenatorias firmes por delito doloso. En esos casos, el candidato puede ser excluido del proceso electoral.
Añadió que incluso una sentencia en primera instancia puede generar exclusión hasta un día antes de la elección. Señaló que la ley actual castiga el mentir u ocultar información relevante en la hoja de vida.
Inconsistencias y posibles delitos
El especialista explicó que otras inconsistencias en la declaración jurada pueden generar multas económicas. Sin embargo, si se detecta falsedad o inexactitud, el caso puede ser derivado al Ministerio Público por un posible delito contra la fe pública.
Respecto al partido País para Todos, indicó que la ley no prohíbe la participación de familiares en una misma lista electoral y que no existe limitación expresa en ese sentido.
Responsabilidad del elector
Tello sostuvo que corresponde al elector evaluar los perfiles y antecedentes de los candidatos. Añadió que la gobernabilidad también depende de la conformación de bancadas sólidas en el Congreso de la República y del respaldo político que tenga un eventual presidente.








