Minedu destina S/ 28 millones para bonificación a docentes investigadores de universidades públicas

De acuerdo al sector, este bono es equivalente al 50 % de sus haberes y se otorgará por un periodo de 10 meses.

Minedu. / Foto: Minedu

Por séptimo año consecutivo, los docentes investigadores de las universidades públicas recibirán una bonificación especial equivalente al 50 % de sus haberes.

El Ministerio de Educación (Minedu) destinará S/ 28 372 163, de acuerdo con lo establecido por el Decreto Supremo N° 028-2023-EF publicado en el diario oficial y que lleva la firma de la presidenta Dina Boluarte y el ministro de Educación, Oscar Becerra. 

Para la implementación de esta medida, que busca promover la generación de conocimiento e innovación en las universidades públicas, el Minedu ha asignado, con cargo a su presupuesto institucional, más de S/ 165 millones desde el año 2017. 

La bonificación especial se otorgará por un periodo de 10 meses y los docentes ordinarios en la categoría de principal recibirán S/ 3778.66; los asociados, S/ 2329, y los auxiliares, S/ 1829.

En el caso de los docentes ordinarios a tiempo parcial, el monto de la bonificación se calculará de manera proporcional a las horas laboradas.

Para acceder a esta bonificación, los docentes ordinarios deben estar registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público.

Entre otros criterios de selección, deben estar calificados en el Registro Nacional Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica y clasificados en los niveles Investigador Distinguido Nivel I, Nivel II, Nivel III, Nivel IV o Nivel V y encontrarse activos.

Adicionalmente, en los últimos tres años deben haber participado en un proyecto de investigación (como investigador principal, asociado, post-doctoral o doctoral) o haber realizado una publicación científica o producción tecnológica (como investigador principal o asociado) con la filiación de la universidad por la que se percibe la bonificación especial.

Durante el periodo de financiamiento, el Minedu puede requerir la evaluación de la producción del docente para determinar su permanencia como investigador, la cual es realizada por el vicerrectorado de Investigación o la autoridad competente en la universidad pública, cada dos años, de conformidad con lo estipulado en el artículo 86 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria.

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