Nueva ley agiliza procesos de sucesión intestada en el Perú

Nueva ley agiliza procesos de sucesión intestada en el Perú. Foto y video: Canal N

La ley 32377 reduce de 30 a 15 días el plazo de publicación y fortalece la vía notarial para evitar oposiciones sin sustento

El pasado sábado 7 de junio se promulgó en el diario El Peruano la Ley 32377, norma que modifica aspectos clave del proceso de sucesión intestada. Esta ley busca reducir los plazos y blindar el procedimiento notarial ante oposiciones sin sustento, beneficiando directamente a los herederos legales.

Hasta antes de esta norma, el proceso de sucesión intestada —necesario cuando una persona fallece sin testamento— podía extenderse por años, en gran parte por plazos largos de publicación y la posibilidad de que terceros sin legitimidad interrumpan el procedimiento.

Reducción del plazo de publicación

Una de las principales novedades de la ley es la reducción del plazo de publicación de 30 a 15 días. Esta publicación permite que terceros con vínculos legítimos puedan oponerse al procedimiento. Con esta modificación, el trámite se agiliza, tanto en su vía judicial como notarial.

Aunque el cambio también aplica a la vía judicial, se espera mayor impacto en el ámbito notarial, que suele ser más rápido cuando los herederos tienen recursos para acceder a esa vía.

Notarios con mayor respaldo legal

La Ley 32377 también fortalece la posición del notario. Antes, cualquier persona podía oponerse a una sucesión intestada con solo alegar un vínculo con el fallecido. Ahora, quien desee oponerse debe presentar una partida de nacimiento o un mandato judicial que acredite el vínculo legal. Si no lo hace, el notario podrá seguir adelante con el trámite sin detenerse.

Según el abogado Fernando Zegarra, esto elimina una práctica común: interrupciones injustificadas que solo buscaban dilatar los procesos de herencia.

Limitaciones para hijos no reconocidos

Un punto crítico sigue siendo el caso de hijos no reconocidos por el fallecido. Estos deben primero iniciar un proceso judicial de reconocimiento de paternidad para luego ejercer sus derechos sucesorios. Mientras no lo hagan, no pueden ser incluidos en la sucesión intestada ni por el notario ni por el juez.

Zegarra explicó que si una persona fallecida no reconoció formalmente a un hijo, este deberá aportar pruebas —como una sentencia judicial— antes de acceder a la herencia. En estos casos, el procedimiento puede tomar años.

Recomendación: testamento en vida

Frente a los constantes conflictos por herencias, Zegarra recomienda que las personas dejen testamento en vida, especialmente en familias con estructuras complejas o antecedentes de conflicto. El testamento evita la sucesión intestada y permite distribuir bienes de forma clara y anticipada.

La Ley 32377 representa un avance en la modernización de los trámites sucesorios, pero sigue dejando fuera a sectores vulnerables como hijos no reconocidos o convivientes sin estado civil formalizado.

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