Ochoa aclara sobre la cuestión de confianza en caso Adrianzén
Integrante del Tribunal Constitucional, explicó en qué casos el jefe del gabinete podría presentar cuestión de confianza. Además, remarcó que no se puede optar por una denegatoria fáctica.

El integrante del Tribunal Constitucional (TC), César Ochoa, se pronunció sobre la posibilidad de que el presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén, presente una cuestión de confianza debido a la interpelación en su contra en el Congreso.
Ochoa aclaró que, aunque es viable que se presente una cuestión de confianza en temas de política de gobierno o proyectos de ley, la situación se complica cuando se trata de la censura de un ministro.
"Él puede presentar una cuestión de confianza sobre materias de gobierno, sobre política de gobierno o sobre un proyecto de ley, pero sobre un ministro es un tema ya más discutible", señaló Ochoa en declaraciones a Cuentas Claras de Canal N.
Según el Tribunal Constitucional, recordó Ochoa, si bien la cuestión de confianza puede ser válida en ciertos escenarios, no necesariamente se aplica de la misma forma cuando se refiere a la censura de un ministro.
Cabe recordar que Gustavo Adrianzén, ante la posibilidad de ser interpelado por el Congreso, había afirmado que no dudaría en recurrir a este mecanismo constitucional.
"No vamos a escatimar en el uso de ninguno cuando sea necesario", comentó Adrianzén la tarde de este miércoles, dejando claro que consideraría la cuestión de confianza si lo estima pertinente para defender las políticas del Ejecutivo.
Al respecto, Ochoa también se pronunció sobre la situación que podría involucrar la censura del ministro de Salud, César Vásquez, a raíz de la crisis ocasionada por los sueros defectuosos que causaron la muerte de cuatro personas.
En ese caso, indicó que Adrianzén podría presentar la cuestión de confianza ante una posible censura de Vásquez, pero enfatizó que en este tema el Congreso debería rechazar expresamente la cuestión de confianza, ya que la denegatoria fáctica no tiene cabida en este escenario.
El Tribunal Constitucional, según Ochoa, ya ha descartado que se pueda aplicar la figura de denegatoria fáctica en situaciones como la presente, aclarando que el rechazo a la cuestión de confianza debe ser explícito.