Partidos que no retiren propaganda pueden ser multados con S/.3 mil 800

Recordó la Defensoría del Pueblo. Organizaciones tienen un plazo máximo de 60 días para retirar su publicidad electoral.

Foto: Andina

Los partidos políticos, listas independientes y alianzas que participaron en el último proceso electoral, pueden recibir sanciones de hasta S/.3 mil 800 de no retirar su propaganda electoral, así lo informó la Defensoría del Pueblo.

Eliana Revollar, jefa de la Oficina de Lima de esta institución, explicó que se deben adoptar las medidas necesarias para dejar los lugares utilizados en las mismas condiciones de ornato en las que se encontraban originalmente.

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En ese sentido, indicó que la Ley Orgánica de Elecciones 26859 establece que, concluidos los comicios electorales, las organizaciones políticas tienen un lapso máximo de 60 días para retirar o borrar su propaganda electoral, de lo contrario se les aplicarán las respectivas sanciones.

"En el caso de las municipalidades distritales de Lima, estas han establecido multas de entre media y dos unidades impositivas tributarias (UIT), equivalentes a 1,900 y 7,600 nuevos soles", precisó.

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Al respecto, Revollar resaltó que la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, contempla como función de las municipalidades distritales la regularización y fiscalización de la ubicación de propaganda electoral y la correspondiente capacidad sancionadora.

 

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